TRABAJOS SUCIOS

Ver y oír el mal

Juicio del crimen de Lardero, en Logroño (La Rioja), el pasado 20 de marzo. | Europa Press
  Madrid | 27/03/2023

"Sorprende gratamente la decisión del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja de no limitar el derecho a la información en el jucio de Lardero; toda la ciudadanía ha podido ver y escuchar el mal en estado puro, porque Almeida lo representa a la perfección".

Uno de los principios básicos en el proceso penal es el de la publicidad. Así lo consagran muchos textos legales, entre ellos nuestra Constitución, que dedica su artículo 120 a este cimiento del sistema judicial. Mucho antes de que se aprobase la Carta Magna de 1978, el conde de Mirabeau ya reclamaba juicios con puertas y ventanas abiertas en la Revolución Francesa: "Dadme al juez que queráis; parcial, venal, incluso mi enemigo; poco me importa con tal de que nada pueda hacer si no es cara al público". Doscientos años después de las andanzas de Mirabeau, el Tribunal Constitucional español ha dejado claro en varios fallos que el principio de publicidad tiene una doble finalidad: por un lado, proteger a las partes de una justicia sustraída al control público, y por otro, mantener la confianza de la comunidad en los tribunales.

Pese a toda esta carga normativa, que deja pocas dudas, en los últimos tiempos se han multiplicado las peticiones para que los juicios penales se celebren a puerta cerrada, sin la presencia de periodistas, actores imprescindibles para que la sociedad conozca lo que ocurre en sus tribunales, es decir, para que la Justicia no se imparta a oscuras. Estas peticiones de velo suelen llegar desde las acusaciones particulares, que argumentan que las familias de tal o cual víctima no deben ser revictimizadas con la difusión del juicio. Sorprendentemente, a muchas de estos requerimientos se suman los fiscales –garantes de la legalidad, según su estatuto– con un entusiasmo digno de mejor causa. Y así, varias de las prisiones permanentes revisables impuestas en los últimos tiempos se han liquidado en juicios a los que solo han podido asistir las partes, sin que los periodistas y, por tanto, los ciudadanos, hayan podido ver y oír qué ha pasado en esas salas de justicia, convertidas gracias a los tribunales oscurantistas, en cámaras secretas.

Soy un firme defensor de nuestro sistema penal y de nuestro Estado de Derecho. Creo que es uno de los principios más sólidos de nuestra democracia, pese a todos los intentos de dinamitarlo que últimamente llegan hasta desde algunos miembros del Gobierno, dedicados a lanzar filfas como la de la justicia machista y heteropatriarcal. También comprendo el dolor y empatizo con las víctimas que deja el mal, como no puede ser de otra manera. El equilibrio entre los derechos de las víctimas y el de la ciudadanía es precisamente el que hay que conseguir entre todos para que nuestra justicia se siga impartiendo con transparencia.

Ningún periodista en su sano juicio pretende retransmitir las imágenes del levantamiento de un cadáver o de una autopsia o la declaración de un menor víctima de una agresión sexual. Los periodistas que acuden a cubrir una vista oral son profesionales especializados en esa información, conocedores y conscientes de lo que allí se dirime y, por norma general, respetuosos con los derechos de las víctimas. Y si no lo fueran, que siempre hay algún imbécil amoral con ganas de hacer méritos, basta con retirarle la acreditación a él y a su medio y aquí paz y después gloria y un indeseable menos cubriendo tribunales.

Con este panorama, sorprende gratamente la decisión del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, presidido por Javier Marca Matute, de no limitar el derecho a la información en uno de los juicios más terribles celebrado en los últimos tiempos, el deJavier Almeida, acusado de haber agredido sexualmente y asesinado a un niño. El juicio ha tenido señal institucional y así, toda la ciudadanía ha podido ver y escuchar el mal en estado puro, porque Almeida lo representa a la perfección. Pero, además, el público ha oído el dolor de los padres de Alex y las razones, perfectamente explicadas por los forenses, por las que no quedan dudas de la naturaleza criminal de la muerte del niño. Así, cuando Almeida sea condenado a prisión permanente revisable –quedan pocas dudas de que ese será su destino–, todos los que hayan seguido el juicio entenderán mejor por qué y para quién existe esa pena, la más dura de nuestro Código Penal. No deja de ser una manera de educar a la ciudadanía, algo necesario, diga lo que diga todo el coro de neo moralistas que prefiere que el mal ni se vea ni se oiga. Como si así fuese a desaparecer.

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