Cómo sortean la ley

Las encuestas prohibidas de las elecciones catalanas de 2024

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prohíbe publicar encuestas y sondeos durante los cinco días previos a unas elecciones. En el caso de las catalanas, la prohibición entró en vigor el martes 7 de mayo.

En breve

Hasta el 6 de mayo, las encuestas preelectorales eran un continuo en el día a día informativo. El domingo, 12 de mayo, se celebran elecciones autonómicas en Cataluña y no hay como una buena dosis de sondeos para ver en qué dirección se mueve la intención de voto del electorado catalán. Sin embargo, la legislación española prohíbe la publicación de encuestas los cinco días previos a la cita electoral, por lo que desde el pasado 7 de mayo no se ha publicado ni una sola encuesta. Al menos, legal.

Para sortear esta cláusula, prevista en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), están las conocidas como 'encuestas prohibidas'. Se trata de sondeos elaborados en muchas ocasiones por los mismos institutos demoscópicos que van publicando sus sondeos en precampaña, pero se difunden donde la ley española no llega. La gran mayoría de ellos se publican en Andorra donde, además, la cuestión catalana les pilla más de cerca. Pero no es el único país que 'acoge' los números que en España está prohibido publicar.

¿Quién está detrás de las encuestas prohibidas?

En el caso catalán, una de las encuestas prohibidas más 'frecuentes' es el tracking diario que publica el Diari d'Andorra, un periódico fundado en suelo andorrano hace ya más de tres décadas. Los sondeos prohibidos del Diari d'Andorra los elabora el Institut Feedback: se trata de un tracking de unas 800 entrevistas, "200 renovadas a diario" hasta el sábado, jornada de reflexión y víspera del 12M.

Un caso curioso es el de The Adelaide Review, un medio australiano que desapareció en 2020 pero que ha 'renacido' para poder saltarse la prohibición de la LOREG. Detrás de The Adelaide Review está un grupo editorial español, con medios en activo. Uno de ellos fue quien, en las elecciones generales de 2023, explicó cómo este periódico australiano publicaba los sondeos frente a lo que considera una "legislación obsoleta".

La prohibición de la LOREG impide difundir encuestas, pero no elaborarlas durante estos cinco días. Según el medio en cuestión, "los partidos, financiados con dinero público, sí pueden disponer de encuestas hasta el último día, pero los ciudadanos tienen prohibido conocerlas a través de los medios de comunicación".

"Esta paradójica situación es responsabilidad exclusiva de los partidos políticos con representación en el Congreso cuando en 2011 se reformó la ley electoral y renunciaron a adaptarla a la nueva realidad digital, manteniendo el veto a publicar y difundir sondeos electorales desde cinco días antes de los comicios. Asimismo, la incapacidad de los partidos catalanes de consensuar en cuatro décadas una ley electoral propia ha contribuido a perpetuar este absurdo veto".

Las posibles multas por publicar encuestas prohibidas

Pese a la prohibición, es relativamente habitual encontrarse con encuestas y sondeos, algunos disfrazados —¿quién no recuerda aquellas encuestas que en lugar de hablar de partidos hablaban de frutas?—, durante estos cinco días de veto. Y hay que señalar que la legislación, además de la prohibición, prevé también la sanción para ella: "Quienes infrinjan la normativa vigente en materia de encuestas electorales serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de uno a tres años". "Las infracciones de lo dispuesto en esta Ley sobre régimen de encuestas electorales serán sancionadas con multa de 3.000 a 30.000 de euros".

Y lo cierto es que aunque no es común, ha habido multas por ello. En 2022, la Junta Electoral Central multó a Rodrigo Panero Fernández, administración de la empresa que está detrás del blog de encuestas Electomanía, por publicar un sondeo ('Emojipanel') sobre las elecciones autonómicas de Castilla y León durante los días en los que los sondeos estaban prohibidos. La sanción fue de 3.000 euros.

No hay que irse muy lejos para ver otro posible caso similar, aunque diferente: hace solo unos días, la Junta Electoral Central abrió un expediente a José Félix Tezanos , presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), por publicar una encuesta flash realizada a raíz de la carta de Pedro Sánchez, por no haber sido comunicado a la Administración Electoral.

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