Y de otros candidatos del PP
Junta Electoral obliga a quitar la foto de Ayuso de folletos de voto por correo
Los folletos difundidos por el PP regional en distintos municipios de Madrid explican cómo votar por correo con la cara de sus candidatos, por lo que el PP ha vulnerado la prohibición de realización de publicidad fuera del periodo de campaña.
La Junta Electoral Provincial de Madrid ha requerido al PP que, hasta el comienzo de la campaña electoral, retire las fotografías de su candidata a la reelección como presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, y de otros candidatos del PP de unos folletos informativos para promover el voto por correo, al considerarlas un acto de propaganda.
A raíz de una denuncia del PSOE el pasado 12 de abril, la Junta Electoral Provincial de Madrid acredita que el PP ha vulnerado el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y advierte de que, en caso de reincidir el PP en su conducta, procederá a incoar un expediente sancionador.
Los folletos difundidos por el PP regional en distintos municipios de Madrid explican cómo votar por correocon la cara de sus candidatos, por lo que el PP ha vulnerado lo establecido en el citado artículo, que regula la prohibición de realización de publicidad o propaganda electoral fuera del periodo de campaña, que arranca oficialmente a las 00.00 horas del viernes 12 de mayo.
En el escrito al que ha tenido acceso EFE, la Junta Electoral Provincial apela a una instrucción de la Junta Electoral Central de 2011 que afirma que no se permite, en este periodo previo a la campaña, el reparto con fines de propaganda de material diverso, como el nombre o la foto de los candidatos o la denominación o siglas de la formación política. En este caso, afirma que la imagen de los candidatos junto con la explicación del voto por correo "permite asociar visualmente ambos elementos y entender implícitamente" que se trata de una "llamada al voto a ese candidato".
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"Aun cuando no se pida explícitamente el voto, la inclusión de la fotografía y del procedimiento para ejercer el voto por correspondencia permite conectar fácilmente ambos aspectos de la publicidad", añade la resolución. El PP podrá interponer ante la Junta Electoral Provincial un recurso en el plazo de 24 horas.
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