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¿Qué es el escrutinio? Así funciona el recuento de votos en País Vasco

El escrutinio de los votos comienza este domingo 21 de abril con el cierre de los colegios electorales, a las 20:00 horas. El presidente de la mesa es el encargado de abrir y leer cada una de las papeletas en voz alta, de forma ininterrumpida.

Si a primera hora de un día de elecciones, como las vascas de hoy, a los votantes les preocupa principalmente a qué hora pueden votar y a quién pueden votar (si no han decidido aún su voto), a partir de ese momento la preocupación empieza a ser otra y ésta empieza a girar en torno a los resultados. Pero entre lo primero y esto último está el proceso de escrutinio de las elecciones, necesario y vital para que el proceso tenga algún significado.

El escrutinio es el momento definitivo en unas elecciones y empieza tras el cierre de los colegios electorales, sobre las 20:00 horas, como marca el calendario electoral. El de los comicios del País Vasco de este domingo cuenta, además, con novedades relacionadas con el dato de participación. Esta vez se conocerá el dato real y no el estimado gracias al uso de una nueva app. El primer dato se recogerá a las 13:00 horas y el segundo a las 18:00.

Dos horas más tarde, terminará el plazo para depositar las papeletas en los colegios electorales y, por tanto, dará comienzo el escrutinio en las mesas o recuento de votos, tal y como marca la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en la sección 14ª. Todo aquel que lo desee puede estar presente durante el recuento, pues es un acto de carácter público. Si bien es cierto que el presidente de la mesa puede ordenar la expulsión de todo aquel ciudadano que impida su desarrollo.

Esta persona es, además, la encargada de extraer de la urna, uno por uno, los sobres de los votantes para abrirlos y leerlos en voz alta sin interrupciones. El procedimiento con cada sobre es el mismo. Una vez lo coge, lo abre y lo muestra la papeleta a los vocales, a los interventores y a los apoderados presentes, así como a los notarios o representas y miembros de alguna candidatura si tuviesen dudas sobre el contenido del mismo.

"Podrá pedirla en el acto para su examen y deberá concedérsele que la examine", recoge la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco. Así, una vez estén contadas todas las papeletas de la urna, el presidente preguntará si hay alguna protesta y, de haberla, se resolverá por mayoría de la mesa. Finalmente, el presidente entonará el resultado del escrutinio pronunciando los siguientes datos:

  • Número de electores que consten en el censo electoral
  • Número de votantes registrados en la lista numerada de la mesa
  • Número de votos nulos
  • Número total de votos válidos emitidos
  • Número de votos en blanco
  • Número de votos de cada candidatura.

De esta forma, la mesa recopilará todos estos datos en un documento que entregarán a la persona designada por la Administración vasca. Una copia de este texto, conocido como la notificación provisional del escrutinio, se colgará en la entrada del colegio electoral y la otra se entregará a los interventores, representantes de cada candidatura que pueden asistir a la mesa y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto.

Elaboración del acta de sesión

Después, se redacta el acta de sesión, en la que queda detallada toda la información de la jornada: número de electores que consten en el censo electoral de la mesa, número de votantes registrados en la lista numerada de la mesa, número de votos nulos, número total de votos válidos emitidos, número de votos en blanco, número de votos de cada candidatura, número de los interventores que hubieren votado no figurando en la lista de la sección, resoluciones motivadas de la mesa sobre las protestas y reclamaciones formuladas y votos, consignación del número de sobres extraídos de la urna y el de votantes registrados, consignación de cualquier incidente o incidencia que sea de interés, número de certificaciones censales específicas aportadas y número de sentencias judiciales aportadas, entre otros datos.

En este acta se añadirán las papeletas a las que, por votación, se les haya negado validez o las hayan sido objeto de reclamación o duda. El resto de las papeletas "serán destruidas por cualquier medio en presencia de los concurrentes", recoge la citada ley. De esta forma, toda la información de la jornada electoral quedará recopilada en cuatro sobres. Una vez firmada y cumplimentada la documentación pertinente, el presidente y los vocales, junto con los interventores que lo deseen, llevarán los documentos a la Sede del Juzgado de Primera Instancia o de Paz para que los recojan los funcionarios denominados a partir de las 9:00 horas del lunes 22 de abril.

Cuándo es el escrutinio definitivo

Los resultados provisionales se conocerán el mismo día de elecciones, el 21 de abril de 2024; en torno a las 22:30 horas es cuando se espera disponer de los datos provisionales del 100% de los votos escrutados o del 99,9% si hay alguna incidencia en el recuento de las 2.695 mesas electorales.

Sin embargo, los datos oficiales no se tendrán hasta que se realiza el escrutinio definitivo y se incluya el voto CERA, el de los casi 83.000 vascos que viven de manera permanente en el extranjero. Estos votos pueden hacer bailar escaños, como ya ha ocurrido en otras ocasiones. Los votos CERA serán incorporados al resultado provisional en el escrutinio definitivo, que se celebrará "el quinto día hábil siguiente al de la votación y deberá concluir no más tarde del noveno día posterior a las elecciones". Es decir, a partir del viernes 26 de diciembre al 2 de mayo de 2024.

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