Fecha límite
¿Cuándo es el último día para pedir el voto por correo para estas elecciones generales?
Las elecciones generales se celebran el 23 de julio, en pleno periodo vacacional. En este escenario, el voto por correo es una opción para los que no prevén estar en casa el 23J, ¿pero hasta cuándo se puede solicitar?
Después de los resultados de municipales y autonómicas, en las que el PP se colocó como partido más votado, Pedro Sánchez anunció el adelanto de unas elecciones generales que estaban previstas inicialmente para finales de año. La fecha elegida ha sido ciertamente polémica: el 23 de julio se encuentra en mitad del periodo vacacional en España, por lo que son muchos los que pueden encontrarse con que el proceso electoral coincide con los días en los que no están en su ciudad o en su domicilio habitual.
Por ello, gran parte de los votantes optará por votar por correo. Aunque muchos ya habrán solicitado sus papeletas en la oficina de Correos más cercano, algunos aún no se habrán puesto con el papeleo y cabe recordar los plazos con los que debemos cumplir para que se incluyan en el recuento los voto de todos los censados.
El plazo para solicitar los documentos correspondientes para solicitar el voto lleva abierto desde el día de la convocatoria de las elecciones, es decir, el 30 de mayo, pero por suerte el plazo para realizar estas gestiones es amplío y los votantes tendrán de fecha límite para pedirlo 'online' o en persona el día 13 de julio. Pero, ¡ojo!, si optas por el voto por correo y la solicitud es aceptada, no se podrá acudir a las urnas para cambiar el voto en el caso de cambiar de opinión.
Cómo solicitar el voto por correo
El voto por correo se puede solicitar tanto en persona en las oficinas de Correos como de forma telemática en el portal habilitado por la empresa de mensajería con un DNI electrónico. Hay que rellenar el impreso con la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral que puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal). Luego la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación necesaria para votar a la dirección indicada a partir del 3 de julio.
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Una vez recibida la documentación, se debe escoger la papeleta de la lista preferida e introducirla en el sobre de votación correspondiente o no incluirla, en el caso de votar en blanco. Junto con el sobre del voto, se tiene que introducir el certificado de inscripción en el censo en el sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral. Este será el sobre hay que depositar en la oficina de Correos para enviarlo por correo certificado gratuito, antes del 19 de julio. Pero, no se debe introducir ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, ya que se podría considerar nulo el voto en el recuento.
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