Elecciones Generales 2023

¿Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones municipales y autonómicas?

El voto por correo puede ser un método sencillo para votar en las elecciones generales del 28 de mayo si tienes alguna dificultad en acudir a las urnas. Aquí te contamos todo lo que debes saber para iniciar este proceso.

En breve

Si eres de aquellas personas que no pueden votar presencialmente el 28 de mayo, hacerlo por correo podría ser una opción muy interesante, aunque para ello primero es necesario obtener la solicitud mediante su formato electrónico o de forma presencial. En el caso de empezar este procedimiento es muy importante recordar que desde el momento en que se solicite el voto por correo no será posible acudir a las mesas electorales para dejar el voto. La presentación del mismo también se puede hacer a través de las oficinas de Correos.

La solicitud del voto por correo ya puede realizarse y estará vigente hasta finales del próximo mes, en concreto hasta el 18 de mayo. Aunque las campaña electoral no empiece hasta el viernes 12 de mayo y dure 15 días más, el voto por correo puede solicitarse antes para agilizar el proceso, hasta diez días antes de la jornada electoral. Los ciudadanos de cada comunidad autónoma tienen la posibilidad de remitir su elección de partido por correo desde el 4 de abril hasta el 24 de mayo. Para aquellos que deseen votar en los colegios electorales, el Consejo de Ministros junto con Ceuta y Melilla aprobaron que el día elegido fuera el 28 de mayo desde las 9:00 hasta las 20:00 de la tarde.

¿Quién puede votar por correo?

Para las próximas elecciones autonómicas del 28 de mayo pueden votar por correo los electores que no puedan asistir ese día a la mesa electoral en la que tuvieran que depositar su elección. Aquellos que por motivos de desplazamiento u otras causas como por razones de enfermedad o incapacidad física no les permita personarse en su lugar designado para la votación tendrán derecho a este servicio.

¿Qué necesitan los electores para votar por correo?

Para hacer las gestiones previas se puede pedir la solicitud a través de la web de Correos sin acudir a ninguna de las oficinas en el caso de que por razones de enfermedad o incapacidad no se pudiera. Para ello, deberá disponerse de DNI electrónico o tener instalado en el ordenador la Autofirma. En el caso de que quiera personarse también lo puede solicitar y dar toda su información postal en cualquiera de las oficinas físicas de Correos.

La persona que vaya a adquirir la solicitud deberá presentarse allí personalmente, a menos que por causas de fuerza mayor le sea imposible y haya enviado a alguien para realizarle la votación. En este caso es muy importante que el individuo esté autorizado notarialmente. Se puede pedir cita previa para agilizar las demandas a través de la 'app' o la web de Correos y la Oficina Virtual.

Voto por correo postal

Para solicitar el voto por correo, si resides en España, hay que pedir en la oficina de Correos, con el DNI en la mano, el impreso de solicitud a través del cuál se notificará la dirección postal a la que debe enviarse toda la documentación para estas elecciones. Esta dirección puede ser la de tu vivienda o incluso la del trabajo, si fuera necesario. Aquí tienes toda la documentación que te enviará la Oficina de Censo Electoral:

  • Una papeleta de cada formación política que se presenta a las elecciones .
  • Un sobre de votación para cada uno de los procesos.
  • El certificado de inscripción al censo.
  • Un sobre en el que estará toda la información sobre tu mesa electoral.
  • Una hoja explicativa que te cuenta los detalles del proceso.

Es muy importante que toda la documentación la reciba el que vaya a votar para proteger el derecho al voto de cada individuo. Una vez que se elijan las papeletas de votación para cada uno de los procesos también puedes no introducir ninguna papeleta y ello significaría que votas en blanco. Consiguientemente, debes introducir los sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo del sobre en el que se encuentra escrita la dirección de tu mesa electoral. En ningún caso deberás incluir en el sobre documentos acreditativos de tu identidad ya que se dará por nula la votación.

En último lugar, lleva tu voto a una oficina de correos (a cualquiera) o envíalo por correo certificado. en el caso de que fuera más cómodo. Debe ser entregado al menos cuatro días antes de la jornada electoral, es decir antes del 24 de mayo. Por supuesto, el envío de este correo es totalmente gratuito, no tiene coste y el día de las elecciones se mandarán todos los sobres con los votos a las mesas electorales a las 09:00 de la mañana de ese mismo día. Continuarán enviándose hasta el fin de la jornada electoral.

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