Depositar el voto
¿Hasta cuándo se puede depositar el voto por correo? Se amplía el plazo para el 28M
Ya se ha cerrado el plazo para solicitar el voto, pero han ampliado el plazo para depositar las papeletas en las oficinas de correos
Los españoles están llamados a las urnas el próximo 28 de mayo pero muchos han optado por votar por correo ya que no se encontraran en cerca de su colegio electoral el día de las elecciones. Aunque ya se ha cerrado el plazo para solicitar el voto por correo, muchos aún no habrán recibido sus papeletas y están a la espera de que les llegue la documentación correspondiente a su domicilio.
Este jueves 18 de mayo se cerró el plazo para solicitar el voto por correo, pero muchos censados aún les faltará completar el proceso de depositar su voto. En este sentido, muchos votantes estarán pendientes de que la Oficina del Censo Electoral (OCE) les remita la documentación necesaria para poder votar por correo, para posteriormente, entregar el voto en la oficina de Correos. En un principio, los ciudadanos llamados a las urnas tenían como límite depositar las papeletas el 24 de mayo pero según la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, se ha ampliado este plazo para que todos los que opten votar por correo puedan ejercer su derecho a voto
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En este sentido, visto el informe remitido por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, se acuerda aprobar la propuesta realizada por la citada Sociedad Estatal y, en consecuencia, extender el plazo de depósito del voto por correo correspondiente a las próximas elecciones de 28 de mayo, hasta el 25 de mayo. Por ello, los rezagados que hayan solicitado el voto el último día del plazo y que aún no tengan sus papeletas, llegarán a tiempo para participar en los próximos comicios y que su oficina de correos entregue su voto a la mesa electoral correspondiente el día de las elecciones.
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