Elecciones 28M

¿Por qué Canarias tiene cuatro urnas en las elecciones de este 28 de mayo?

Los canarios votan este domingo en cuatro urnas, con cuatro sobres y sus respectivas papeletas. Te explicamos a qué se debe esta particularidad de las elecciones en el archipiélago.

Los canarios votan este domingo a sus representantes municipales para los próximos cuatro años y eligen el próximo gobierno autonómico, pero también los Cabildos insulares. Sin embargo, sus papeletas no van a parar a tres urnas, sino a cuatro.

El motivo es que para los comicios al Parlamento de Canarias hay dos urnas, pues se vota en dos circunscripciones: una insular y otra autonómica. Así, cada votante en el archipiélago tiene que introducir cuatro sobres con una papeleta cada uno en cuatro urnasdiferentes.

En concreto, el sobre y la papeleta sepia corresponden a la circunscripción insular para las elecciones autonómicas y el sobre y la papeleta amarillos, a la circunscripción autonómica.

El Parlamento de Canarias lo conforman 70 diputados y 61 de ellos se eligen a través de las siete circunscripciones insulares: de acuerdo con la ley electoral canaria, El Hierro designa a tres; Fuerteventura a ocho; Gran Canaria decide 15, al igual que Tenerife; La Gomera, cuatro; La Palma, ocho y Lanzarote otros ocho. Los restantes nueve diputados se eligen a través de la circunscripción autonómica.

Además, los electores canarios tienen otros dos votos que emitir este domingo: el del Cabildo corresponde a la papeleta y el sobre verde y el del Ayuntamiento va en un sobre blanco, con una papeleta del mismo color. Cada uno va en su respectiva urna.

En resumen, los votantes deben depositar cuatro papeletas en cuatro urnas: dos para el Parlamento de Canarias (una sepia para la circunscripción insular y una amarilla para la autonómica), una para el Cabildo (verde) y otra para los concejales de su Ayuntamiento (blanca).

Barreras electorales

Conforme a la ley electoral, para obtener representación parlamentaria hay que superar un determinado porcentaje de votos: a efectos de la elección en la circunscripción autonómica, solo se tienen en cuenta las listas que obtengan al menos el 4% de los votos emitidos en toda la comunidad autónoma.

A efectos de la elección en las circunscripciones insulares, solo se tienen en cuenta las candidaturas que obtengan al menos el 15% de los votos válidos de su respectiva circunscripción insular o, sumando los de todas las circunscripciones insulares, al menos, el 4% de los votos válidos en la totalidad de la comunidad autónoma.

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