LOTERÍA DE NAVIDAD 2019

Participaciones de Lotería de Navidad: ¿Cómo funcionan, se hacen y se cobran?

Las participaciones son una tradicional forma de jugar la Lotería de Navidad. El espíritu navideño provoca que muchos compartan su décimo entre amigos y familia en forma de participación, pero ¿cómo funcionan?, ¿pueden cobrarse?

Seguramente ya se te haya acercado un niño simpático con un taco de papeletas y ojitos de ángel intentando venderte un numerito: "¿Me compra una papeleta a dos euros para el viaje de fin de curso?". Eso es porque el Sorteo Extraordinario de Navidad también se juega a través de participaciones.

Incluso puede que tú mismo hayas comprado un décimo a medias con algún familiar, amiga o compañero de trabajo. Todo son señales inequívocas de que la Navidad está a la vuelta de la esquina.

Si el número compartido resulta premiado, el importe del mismo también se reparte. Por este motivo debes estar bien informado de cómo funcionan las participaciones y, lo más importante, la forma de cobrar el dinero si te toca.

¿Qué son las participaciones de la Lotería de Navidad?

Para participar en la Lotería de Navidad debes adquirir un décimo en el que aparece el número con el que probarás suerte en el sorteo del 22 de diciembre en el Teatro Real. Hasta ahí, todo correcto. Pero a veces, los números se comparten y generan una nueva categoría de juego no oficial: las participaciones.

Una participación es una papeleta que da derecho a su poseedor a jugar una parte de un décimo de la Lotería de Navidad. Conviene recordar que hay diez décimos, del mismo número y serie, por billete. Este año exactamente se han emitido 1.700 décimos, que reparten 2.380 millones de euros en premios.

¿Es legal jugar Lotería de Navidad mediante participaciones?

Muchas personas tienen la duda sobre la legalidad de jugar la Lotería de Navidad mediante participaciones porque las participaciones no las emite Loterías y Apuestas del Estado. Sin embargo, las papeletas son completamente válidas y legales.

Existe un contrato privado entre las personas que juegan la participación y la persona o entidad que compra el décimo y que se compromete a repartir el posible premio.

El único requisito indispensable es que las participaciones sean realizadas por particulares. Los puntos de venta de lotería oficiales no tienen permitida la venta de estas papeletas informales, están autorizados a vender únicamente décimos.

¿Cómo hago una participación para la Lotería de Navidad?

Un particular, comercio, asociación, club deportivo, etc. compra un décimo y emite papeletas con las participaciones. En cada una de las papeletas debe figurar el número del décimo, el precio, el importe que se juega, el nombre y la fecha del sorteo.

También debe incluir el nombre completo, identificación y razón social o motivo de aquel que vende las participaciones, así como la advertencia de que el 20% del importe de los premios superiores a 20.000 euros tienen una cita con Hacienda. No es aconsejable comprar una papeleta que no parezca fiable y que no incluya toda esta información.

Además, no está permitido cobrar una participación a un precio que genere beneficio al vendedor, a no ser que se trate de entidades sin ánimo de lucro u organizaciones con objetivos justificados. Estas instituciones pueden incluir un donativo en el precio final de sus participaciones, pero tienen que informar al comprador.

¿Cómo cobro la participación de un número premiado el Sorteo de Navidad?

En la papeleta o a la hora de comprarla deben informarte de dónde y cuándo cobrar el importe que corresponde a tu participación, además del porcentaje del décimo al que optas.

A diferencia de los décimos, las participaciones de la Lotería de Navidad no se pueden cobrar en una administración de loterías ni en las entidades bancarias porque, como hemos explicado, no son boletos oficiales. Es el emisor de las participaciones el responsable de asumir el pago a sus compradores en caso de que toque repartir el premio.

Un dato importante a tener en cuenta en el cobro de participaciones es que nunca se aplica el gravamen que corresponde a Hacienda sobre las cantidades que corresponden a las papeletas, siempre se aplica sobre la totalidad. Por lo tanto, a los premios superiores a 20.000 euros primero se les aplica la retención y luego se reparte entre los participantes.

Por último, las participaciones no caducan, pero la persona o entidad que las emite tiene tres meses para cobrar los décimos premiados. A partir de ahí y debido a que existe un contrato privado entre dos partes, las reclamaciones y acuerdos de pago quedan fuera de Loterías y Apuestas del Estado.

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