Con los nuevos límites de velocidad
Los límites de velocidad urbanos están a punto de cambiar y con ellos las sanciones por exceso de velocidad.
El carnet por puntos es una de las grandes invenciones de nuestra época moderna en el terreno de la seguridad vial. Desde su entrada en vigor hace ya 15 años, miles de vidas se han salvado gracias al efecto disuasorio de la pérdida de puntos del permiso de conducir. En los últimos meses, además, se han modificado algunos límites de velocidad para armonizarlos con la tendencia europea, reduciendo además las probabilidades de sufrir un accidente.
Es el caso de los límites de velocidad urbanos, que acaban de ser actualizados y que modificarán su funcionamiento en los próximos meses, reduciendo el límite de velocidad genérico de los actuales 50 km/h a unos más ajustados 30 km/h que, incluso, pueden llegar a ser 20 km/h en algunas calles concretas.
Con la llegada de nuevos límites de velocidad llegan también las sanciones de tráfico actualizadas, ya que lo que hasta ahora no era ni siquiera una sanción por exceso de velocidad, a partir de ahora se convertirá en una infracción que, incluso, puede llevar aparejada la pérdida de algún punto del permiso de conducir.
¿A partir de qué velocidad se podrán perder puntos del carnet de conducir a partir de ahora? Con la llegada de los nuevos límites de velocidad de 30 km/h, la realidad es que a partir de 51 km/h se perderán puntos del carnet. De esta manera, circular a 51 km/h en una calle de 30 km/h supondrá la imposición de una multa de 300€ y la retirada de 2 puntos del carnet de conducir.
No hace falta ir “tan rápido” para ser sancionados: desde mayo de 2021, fecha límite para la entrada en funcionamiento de los nuevos límites de velocidad, circular a 31 km/h supondrá una multa de 100€, aunque no se retirará ningún punto del carnet.