NORMAS DGT 2025
Las nuevas normas de la DGT permitirán que las motos circulen por el arcén, pero solo en retenciones y bajo dos condiciones específicas.
En retenciones y atascos seguro que has visto a muchos motoristas adelantar por el arcén de la derecha y has deseado ir sobre dos ruedas para salir de esas colas kilométricas que se forman en autovías o autopistas. ¿Es legal o no? Hasta ahora no, pero la Dirección General de Tráfico (DGT) quiere que a partir de 2025 sí sea posible, aunque con algunas particularidades que conviene saber.
La DGT lleva varios meses con la intención de modificar el Reglamento General de la Circulación (RGC) para introducir nuevas normas en 2025. Y por fin parece que la DGT ha escuchado una de las peticiones que los motoristas llevan años haciendo: circular por el arcén. En cuanto se apruebe por Real Decreto será posible, aunque hay que cumplir ciertas condiciones:
El artículo 36 del RGC es el que regula el uso del arcén, que está reservado para ciertos vehículos y situaciones específicas. Ahora mismo, antes de que entre en vigor la nueva norma, los que están autorizados para circular por el arcén de la derecha son vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores, seguimiento de ciclistas o vehículos especiales con una masa autorizada no superior a los 3.500 kilos.
A la norma se unirían las motos, aunque solo en retenciones y cumpliendo las particularidades anteriores, y deben respetar siempre la prioridad de los anteriores. Además, como parte del paquete de medidas que la DGT pretende poner en marcha este 2025, las grúas y los vehículos de auxilio también podrán circular por el arcén de la derecha siempre que atiendan una emergencia.
Esta decisión de la DGT evidentemente ha sido muy bien acogida (y de paso celebrada) entre los motoristas, que llevaban años demandándola. Además, se prevé que tenga algunos beneficios importantes para ellos: