UN TIPO DE MULTA CADA VEZ MÁS FRECUENTE

Cómo intentar anular una multa si accedes a una ZBE

Las Zonas de Bajas Emisiones se están multiplicando en nuestro país, y van a seguir haciéndolo en los próximos meses. Puede, incluso, que ya hayas recibido una multa por atravesar una ZBE sin darte cuenta...

Las etiquetas medioambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) en España desempeñan un papel crucial en la gestión y control de la calidad del aire. Estas etiquetas, que ya se acercan a la década de trayectoria, clasifican los vehículos en función de sus emisiones y nivel de contaminación, facilitando la identificación de aquellos más respetuosos con el medio ambiente. Desde la etiqueta CERO hasta la etiqueta B, cada categoría refleja el impacto ambiental de los vehículos y contribuye a la promoción de una movilidad más sostenible.

Esta iniciativa no solo incentiva la adopción de vehículos eléctricos y menos contaminantes, sino que también permite la implementación de medidas específicas en zonas urbanas para mejorar la calidad del aire y reducir la huella ecológica. Como es lógico, estos distintivos también han traído problemas a muchos usuarios, que han visto como sus coches han pasado a ser máquinas potencialmente inutilizables en entornos urbanos, tal vez no de manera inmediata, pero sí a medio plazo.

Nuevas ZBE | DGT

A partir de este 2024 que está a punto de entrar, las Zonas de Bajas Emisiones van a comenzar a expandirse. De hecho, la capital del país, Madrid, comenzará a multar ya en 2024 a los vehículos sin distintivo ambiental que circulen por el interior de la M-30 y no estén empadronados en Madrid. Estas multas pueden llegar a ser de 200 euros, de ahí que sea importante saber cuándo una multa es justa o cuando tenemos derecho a recurrir.

Cómo recurrir una multa de ZBE

¿Es posible recurrir una multa por circular por una Zona de Bajas Emisiones? Naturalmente: como sucede con cualquier otra sanción de tráfico, es posible presentar un recurso si creemos que la multa no es justa o es errónea. Este recurso, de reposición, debe ser presentado en un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución sancionadora.

Posteriormente, la revisión y resolución del recurso de reposición serán llevadas a cabo. Sin embargo, en la mayoría de ayuntamientos éste se considerará desestimado si no se emite una resolución expresa en un plazo determinado (generalmente un mes), permitiendo así el acceso a la vía contencioso-administrativa. Hay que tener presente que en caso de ejercer nuestro derecho a recurrir estamos renunciando a la vez al descuento por pronto pago que se ofrece en las sanciones de este tipo y que permite reducir la cuantía a pagar un 50%.