¿ME PUEDEN MULTAR?
La Dirección General de Tráfico se ha pronunciado sobre si conducir con chanclas puede acarrear una sanción.
Los hábitos de conducción se transforman durante el verano con los días de calor. Circular con el brazo fuera de la ventanilla o utilizar un calzado poco adecuado es muy común en esta época. Y como no podía ser de otra forma, es en verano cuando a los conductores les vuelve a asaltar una duda generalizada: ¿se puede conducir con chanclas?
Conducir, sobre todo para los que nos gusta, es siempre un placer. La sensación de control, de poder movernos de un lado a otro con total libertad, es muy agradable. Tras años y años conduciendo, lo normal es que el gesto de conducir se convierta en algo mecánico, en algo que ni siquiera llegamos a pensar. Simplemente llegas, te sientas y conduces.
La Dirección General de Tráfico se ha pronunciado sobre esta subjetiva ley durante las últimas semanas, aclarando que conducir con chanclas no es motivo de sanción siempre y cuando no afecten de alguna forma a la seguridad en la conducción por no poder controlar bien los pedales.
Como es normal, la DGT en ningún caso especifica los tipos de chanclas susceptibles de ser motivo de sanción para el conductor, pero es de sentido común que como calzado deben sujetar el pie de forma adecuada para asegurar el correcto control de los pedales. Si es motivo o no de multa quedará a la interpretación de los agentes de la autoridad así como la cuantía de la multa. VER VIDEO