Para evitar problemas y disgustos posteriores
La llegada de la sede electrónica de la DGT facilita enormemente la tramitación de ciertos procesos que redundan en una mayor comodidad del vendedor y comprador
La compraventa de vehículos de segunda mano mueve muchos millones de euros cada año. Al fin y al cabo, anualmente más de un millón de vehículos cambia de manos en un proceso que muchas veces es puramente particular, de manera que una persona vende a otra su vehículo. Es un trámite rutinario que, no obstante, puede esconder cierto riesgo para ambas partes.
Es por ello que, por ejemplo, se realizan contratos de compraventa para que ambas partes hagan frente a sus compromisos. Uno de ellos es realizar la transferencia de titularidad, es decir, que el vehículo pase de estar registrado a nombre del vendedor a estarlo a nombre del comprador, que a partir de ese momento se hace cargo de todos los gastos y obligaciones administrativas relativas a la posesión y uso del vehículo.
Cuando el cambio de nombre se lleva a cabo en una gestoría, generalmente se entrega un certificado detitularidad provisional que sirve como justificante de que el cambio de nombre se está tramitando para que, al cabo de unos días, la gestión se termine definitivamente y el vehículo pase a estar ya a nombre de su nuevo comprador.
Sin embargo, en ocasiones la transferencia tarda en hacerse efectiva o el comprador no la realiza a tiempo, lo que supone un problema para el vendedor ya que el nuevo propietario puede infringir alguna norma de tráfico y, con el vehículo a nombre del antiguo propietario, las sanciones terminan por llegar a éste.
Por eso, la DGT pone a disposición de los vendedores un trámite que invita a llevar a cabo a todo aquél que venda un coche. Se trata de la notificación de venta, un documento que acredita que la DGT es ya consciente de que el vehículo ha cambiado de nombre y, por tanto, el anterior propietario queda liberado de cualquier obligación relativa a impuestos, circulación, seguros o sanciones.
Para la notificación de venta tan sólo es necesario contar con una copia del contrato de compraventa firmado por ambas partes, el DNI del vendedor y los datos del comprador. Tras abonar algo más de 8€, el trámite se hace efectivo y desde ese mismo momento, el vendedor deja de tener responsabilidad sobre ese vehículo. No obstante, el comprador aún tiene que llevar a cabo la transferencia, algo que, por otro lado, es obligatorio.
Este trámite puede llevarse a cabo en cualquier jefatura de Tráfico, aunque también es posible realizarlo en una gestoría e, incluso, a través de la Sede Electrónica de la DGT, aunque para ello necesitarás contar con un certificado electrónico o método de identificación electrónico en regla.