PUEDE SER MUY PELIGROSA

Esta acción no es ilegal, pero puede implicar una importante multa

Encender un cigarrillo no está penado con una multa, pero sí algo que puede derivar de ello.

Cuando nos ponemos a los mandos de un coche debemos ser conscientes de algo muy importante: no estamos solos en la carretera. Esto pasa por reducir drásticamente cualquier distracción, incluso cuando los actos que conllevan a estas no son ilegales. Y claro ejemplo es el de encenderse un cigarrillo.

En la actualidad no existe ninguna ley que prohíba a un conductor fumar en su propio coche. Es algo que al fin de cuentas sucede dentro de un espacio cerrado y privado, por lo que la decisión es única y exclusivamente de su propietario. Sin embargo, sí que existen una serie de normas relacionadas con fumar mientras conducimos que pueden tener multa.

fumar-al-volante-dgt-2017-01 | Centímetros Cúbicos

Si este gesto legal deriva en una distracción puede tener multa

Ello lo encontramos directamente recogido en el Artículo 18 del Reglamento, el cual reza de la siguiente manera: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.”

De esta manera, si un agente de la ley detecta que un siniestro ha tenido lugar por una distracción, y esta ha sido, por ejemplo, encender un cigarrillo o tener una mano ocupa sosteniéndolo, puede aplicar una multa de 80 euros. Sin embargo, fumar mientras conducimos puede tener consecuencias mucho más drásticas.

Fumar en el interior de un vehículo | Centímetros Cúbicos

Y es que en caso de arrojar una colilla por la ventanilla, podemos enfrentarnos a multas de 500 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir. Dicha acción supone numerosos riesgos, empezando porque podemos afectar a motoristas o ciclistas, y también provocar un incendio en caso de que esta esté mal apagada y haga contacto con la vegetación.

En caso de darse este último escenario, ya no hablamos de multas económicas, sino de penas de cárcel. Concretamente, estas pueden ser de entre tres y seis años de prisión.