SON LOS VEHÍCULOS RECREATIVOS DE MODA
En 2020, el 30% de los usuarios que se decantaron por estos vehículos eran nuevos y hay algunas normas que deben conocer.
Uno de los efectos que la pandemia del coronavirus ha tenido sobre los desplazamientos de los españoles ha dirigido todas las miradas a las camper y a las autocaravanas. Y es que 2020 supuso un punto de inflexión para este sector que vio cómo aumentaban tanto los alquileres como las matriculaciones gracias a la búsqueda de viajes más seguros. Según la Asociación Española de la Industria y Comercio del Caravaning (Aseicar), el 30% de los usuarios eran nuevos… y probablemente no conocieran las tres multas más frecuentes relacionadas con estos vehículos.
Personalizar la camper o la autocaravana
Cuando te lanzas a comprar uno de estos vehículos es habitual personalizarlos para añadir elementos a la cocina, al baño, más espacios de descanso, baterías extra… sin tener en cuenta que repercuten en el peso.
El vehículo tiene una masa máxima autorizada que no podemos superar y aunque no suele ser habitual que los agentes den el alto para pesar la camper o la autocaravana por lo complicado del trámite, sí es posible. Si excedes ese límite, las sanciones económicas pueden llegar hasta los 4.000 euros dependiendo de los kilos de más que tenga el vehículo.
¿Dónde aparcar?
Independientemente de cual sea tu elección (camper o autocaravana) debes tener claro un concepto: el aparcamiento. Y no hacemos referencia a la maniobra, sino al lugar. La normal general establece que podemos pernoctar siempre que no superemos los límites del vehículo, es decir, no puedes dormir fuera de él.
No obstante, el Artículo 93 del Reglamento General de Circulación deja en manos de los ayuntamientos la legislación. O lo que es lo mismo: cada municipio tiene sus normas así que deberás consultarlas previamente. En algunos de ellos no estará permitido, en otros sí y, a veces, tendrás que hacerlo en una zona concreta habilitada para ello.
Acampar
La Orden 29 de 1966 determina que la acampada es libre en España, aunque hay muchos ‘peros’ al respecto. Igual que ocurre en el punto anterior, esta actividad está legislada a través de diferentes normas autonómicas y municipales así que es necesario conocerlas de forma expresa. Sin embargo, la tónica habitual es la prohibición salvo en los espacios destinados a ello.
Ten en cuenta, por tanto, el lugar que eliges para estacionar tu camper o autocaravana y, sobre todo, para acampar junto a ella. Y es que en muchas ocasiones los conductores lo hacen dentro de lugares prohibidos como reservas o parques naturales, donde la multa puede llegar a ser de 5.000 euros.