LOS 27 ESTADOS ESTÁN DE ACUERDO
La Unión Europea ha propuesto esta dura sanción a todos aquellos que cometan una infracción al volante considerada como grave.
Los Veintisiete han acordado este jueves la que será su posición negociadora en la reforma para reforzar la seguridad vial en la Unión Europea y abogan, en línea con lo propuesto por Bruselas y avalado también por la Eurocámara, porque la retirada del carnet de conducir por una infracción grave sea efectiva en todo el territorio comunitario, aunque con cambios respecto a la propuesta inicial para limitar el intercambio de información entre Estados y plantea una cláusula de revisión.
El enfoque general pactado por los ministros de Transportes de la UE reunidos en Bruselas permitirá ahora a los colegisladores (Consejo y Parlamento Europeo) iniciar las negociaciones para cerrar los detalles de la nueva norma, promovida por la Comisión Europea para evitar que el infractor pueda conducir con impunidad en otros países del espacio común pese a haber sido sancionado con la retirada del permiso en otro país.
Así, el Estado miembro que expida el permiso de conducción deberá aplicar, "en condiciones específicas y de conformidad con su propia legislación nacional", la suspensión del permiso de conducir impuesto por otro país de la UE al responsable de una infracción grave.
Sin embargo, los países plantean un enfoque distinto al planteado por Bruselas de que la suspensión tenga un efecto general en toda la Unión Europea, dado que un Estado miembro no puede garantizar que las sanciones de tráfico basadas en decisiones nacionales vayan a ser aplicadas del mismo modo en resto de Estados miembro soberanos.
Por ello abogan por apoyar la reforma sobre el mecanismo de reconocimiento mutuo de los permisos de conducir que prevé la nueva directiva sobre conducción, que también está en curso de negociación entre los 27 y la Eurocámara y en la que también se han alineado disposiciones sobre la retirada de permisos o las condiciones de una nueva licencia.
También establecen distintos tipos de suspensión con definiciones claras y adaptadas para garantizar que todos los Estados miembro puedan implementar la directiva incluso cuando se trate de tipos de infracción que no existan como tal en su propio sistema nacional.
Para reducir la burocracia, además, se prevé que las sanciones con una duración menor a los tres meses o cuyo periodo de castigo por aplicar sea menos de un mes queden fuera del alcance de la directiva.