¿Me pueden multar por aparcar en sentido opuesto a la marcha?
Es habitual ver automóviles estacionados en los laterales opuestos a su sentido de circulación. Esta práctica, ¿puede suponer una sanción económica?
Estacionar nuestro coche, sobre todo en los grandes núcleos urbanos, es una tarea cada vez más difícil. Si a eso le sumamos el cada vez mayor tamaño de nuestros coches, las cuentas están claras: cada vez es más complicado encontrar un hueco donde aparcar nuestro vehículo. Tal es así que, en numerosas ocasiones, nos encontramos con calles abarrotadas de vehículos aparcados a ambos lados de las aceras.
Una de las acciones más habituales es la de "lanzarse" a un hueco de aparcamiento cuando lo encontramos, independientemente del sentido de la marcha en el que se encuentre el hueco. Básicamente: si encontramos un hueco para nuestro coche, procuramos aparcarlo aunque ello suponga estacionar en dirección prohibida, en el carril contrario, con el vehículo apuntando en dirección contraria.
¿Me pueden multar por realizar una acción así? La respuesta es que sí. En este vídeo te lo contamos detalladamente.