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RESPONDE LA DGT

Girar invadiendo el carril-bus en una ciudad: ¿se puede llevar a cabo esta maniobra?

Muchos conductores dudan entre efectuar el giro desde el propio carril-bus o desde la vía contigua

Son muchas las ciudades que dedican una zona de la calzada a determinados vehículos (autobuses, taxis, motos y ciclistas). Suelen estar situadas en los extremos y los conductores de otros vehículos se plantean el siguiente interrogante: para girar, ¿puedo ocupar el carril-bus para no cortar la trayectoria de los que ya circulan por él o puedo hacer la maniobra desde la parte derecha siguiendo las flechas de selección? Resolvemos esta duda.

Y para ello recurrimos al Reglamento General de Circulación (RGC): podemos llevar a cabo el giro siempre que esté permitido y si es así, seguir una serie de normas. ¿Cuándo es posible girar atravesando un carril-bus? Siempre que las marcas viales indiquen que la maniobra es posible: sólo se podrá efectuar en aquellos tramos donde la línea blanca longitudinal del exterior (la que está pegado al resto de la vía) sea discontinua. Únicamente ahí podremos invadir la zona para llevar a cabo cualquier movimiento que no sea parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar.

Autobús | Alsa

Cómo girar por el carril-bus en dos pasos

Ahora que hemos comprobado si es posible girar hacia la izquierda o hacia la derecha, tenemos que seguir dos pasos. El primero de ellos consiste en advertir previamente y con suficiente antelación de nuestras intenciones. O lo que es lo mismo: dar el intermitente para informar al resto de vehículos de que vamos a utilizar una vía diferente, a tomar otra calzada de la misma vía o a salir de ella.

Cumplido esto, llega el momento de girar: algo que tendremos que hacer respetando la prioridad del vehículo o vehículos que circulan por el carril-bus que vamos a ocupar. Por lo tanto, tendremos que ceder el paso a autobuses, taxis, motos y ciclistas, deteniendo nuestra marcha si la situación lo requiere, hasta que sea posible llevar a cabo la maniobra.

Multas de la Guardia Civil | Centímetros cubitos

Las multas asociadas al carril-bus

Cabe recordar que los turismos no pueden circular por esta parte de la calzada, tampoco pueden hacer una parada aunque sea inferior a dos minutos y el conductor permanezca en el interior del coche ni estacionar obstaculizando el paso de los vehículos para los que está reservado. Cualquiera de estas acciones está sancionada con su correspondiente multa. La cuantía suele ser de 200 euros, pero puede variar ya que son los ayuntamientos los responsables de regular este tipo de carriles y no hay un criterio unificado.

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