POR LA MOVILIDAD SOSTENIBLE
El texto que dará forma a una nueva Ley de Movilidad Sostenible se aprobará este martes en Consejo de Ministros, suspendida en 2023 por el adelantamiento de las elecciones generales.
La norma que al final de la pasada legislatura nacía con el objetivo de dar un fuerte acelerón a la movilidad sostenible incluía una modificación en el Estatuto de los Trabajadores para imponer la obligación de negociar en los convenios colectivos medidas encaminadas a la creación de hojas de ruta en favor del transporte sostenible de los empleados a sus centros de trabajo.
Estos planes, enmarcados en la citada Ley que será aprobada en Consejo de Ministros, tendrán que estar disponibles de manera obligatoria en aquellas empresas con centros de trabajo de más de 500 trabajadores.
Concretamente, la obligación de incluir estos acuerdos en las negociaciones colectivas en pro de la movilidad sostenible al trabajo, se centra en dar contenido al artículo 27 de la citada norma y "orientados a buscar soluciones de movilidad que contemplen el impulso del transporte colectivo, la movilidad de cero emisiones, la movilidad activa y la movilidad compartida o colaborativa, de cara a conseguir los objetivos de calidad del aire y reducción de emisiones, así como evitar la congestión y prevenir los accidentes en los desplazamientos de trabajo.
El anteproyecto de ley establece un periodo de adaptación y puesta en marcha de los mencionados planes y será "en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley cuando tanto las entidades públicas de acuerdo con su régimen jurídico, como las empresas privadas" deberán disponer de planes de transporte sostenible al trabajo para aquellos de sus centros con más de 500 trabajadores o, en su caso, 250 empleados por turno.
Además, la norma establece que después de dos años tras la aprobación de estos planes "las entidades públicas y las empresas, deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas del plan, que se repetirá cada dos años".
La iniciativa de Transportes establece que en los centros de trabajo con más de 1.000 trabajadores, ubicados en municipios o distritos de más de 500.000 habitantes, "se deberán incluir medidas que reduzcan la movilidad de los trabajadores y trabajadoras en horas punta y promover el uso de medios de transporte de bajas o nulas emisiones".
Empresas y trabajadores llevan tiempo negociando medidas que favorezcan la movilidad de las personas trabajadoras, aunque ahora se trata de reforzar las mismas, añadiendo el objetivo de que éstas fomenten el transporte sostenible de los empleados.
Hasta ahora, las planteadas -y muchas de ellas aplicadas- han sido incluir en los convenios iniciativas que fomenten el transporte al centro de trabajo en vehículos compartidos, rutas contratadas o costeando -todo o en parte- el abono de transporte público a los empleados.
También se negocian cambios de vehículos de combustión por eléctricos en las flotas o la instalación de puntos de recarga -gratuitos o parcialmente subvencionados- en los propios centros.
En la medida de lo posible, estos planes deberán regular también la seguridad y la prevención de accidentes en los desplazamientos in itinere. Y ello, no solo para el personal propio, sino también para proveedores, visitantes o cualquier otra persona que acceda al centro de trabajo.