¿ME PUEDEN MULTAR?
Llevar chanclas en verano es una práctica muy común pero, ¿me pueden multar por ello?
Cuando nos ponemos a los mandos de un coche debemos tener en cuenta un factor muy importante: no estamos solos en la carretera. De esta manera, es necesario tomar una serie de medidas de seguridad para evitar a toda costa correr riesgos pero, ¿lo es conducir con chanclas?
Y es que esta es una duda que asola a miles de conductores cada verano, época del año en el que las chanclas, alpargatas y demás se convierten en el calzado más habitual. De esta manera, la Guardia Civil ha decidido intervenir y poner punto y final sobre la legalidad de circular con este tipo de calzado.
La respuesta es no, ya que no existe ninguna ley que prohíba expresamente conducir usando chanclas. Sin embargo, existen otro tipo de leyes recogidas en el Código de Circulación que pueden hacer que se nos denuncie en caso de que se determine que circular con un calzado concreto ha provocado un accidente o que cometamos una infracción, por ejemplo.
Esto lo encontramos, concretamente, en el Artículo 3.1 que reza de la siguiente manera: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción.”
De esta manera, en caso de cometer una imprudencia en la carretera, un agente de la ley puede interpretar que el detonante de la misma ha sido, por ejemplo, circular con chanclas. Y aunque bien es cierto que no sea ilegal conducir con este calzado, sí que es imprudente.
Al fin de cuentas estamos hablando de un tipo de zapato que no recoge en su totalidad el pie, que puede tender a soltarse y que puede hacernos pisar de manera errónea los pedales. Y es que al tener un hueco entre el pie y la propia suela de la chancla, el pedal puede engancharse en esta, impdiéndonos por completo accionarlo con seguridad. De esta manera, podemos enfrentarnos a una multa comprendida entre los 80 y 200 euros en función de lo grave que sea la infracción.