NUEVA MEDIDA

Ya es oficial el nuevo régimen de pausas y descansos para conductores profesionales

El Gobierno ha decidido modificar durante los próximos treinta días los tiempos de conducción y descanso de los profesionales del volante.

CamioneraGetty Images

La Dirección General de Transporte por Carretera ha publicado una resolución que modifica temporalmente las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías, debido a las protestas de los agricultores españoles que han causado cortes de tráfico y problemas de abastecimiento de productos alimentarios en algunas zonas del país.

La medida, que entró en vigor el pasado 20 de febrero y tendrá una duración de 30 días, afecta a varios artículos del Reglamento núm. 561/2006, que regula los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales de vehículos de más de 3,5 toneladas.

Camiones circulando por la carretera | Pixabay

Esta resolución permite a los conductores afectados por las protestas agrarias y que respeten la seguridad vial, modificar sus tiempos de conducción y descanso. Así, podrán conducir una hora más al día, hasta un máximo de diez horas, siempre que no superen las cincuenta y seis horas semanales ni las noventa horas bisemanales.

Asimismo, se les autorizará a llevar a cabo la ruta de desplazamiento hasta sesenta horas a la semana, en lugar de cincuenta y seis, siempre y cuando no superen las noventa horas de descanso. Por otro lado, se les permitirá descansar únicamente nueve horas al día, en lugar de once, siempre que compensen el lapso de descanso reducido antes del inicio de la semana siguiente.

Las dudas que tienen los transportistas con el nuevo tacógrafo digital de segunda generación | iStock

Además, se permitirá posponer el inicio del descanso semanal hasta siete períodos de veinticuatro horas, en vez de seis, siempre que tomen al menos dos descansos semanales normales o un descanso semanal normal y otro reducido en dos semanas consecutivas.

La resolución pretende facilitar el transporte de mercancías esenciales para el abastecimiento de la población, como los productos alimentarios, sanitarios o energéticos, y evitar el desabastecimiento o el deterioro de los mismos, como bien explica el Diario de Transporte.