Sobre todo, en vías urbanas e interurbanas
Durante el último Estado de Alarma, las infracciones por circular a una velocidad superior a la permitida se incrementaron en un 40%. ¿Es cierto que conducimos más rápido que antes?
A lo largo del último Estado de Alarma, el país entero se confinó, por lo que los desplazamientos por carretera se redujeron drásticamente, si bien muchos conductores siguieron utilizando su vehículo para desplazarse hasta el lugar de trabajo o ir a comprar. Por desgracia, algunos de ellos asociaron la falta de tráfico a una suerte de ‘impunidad vial’, dando como resultado un incremento del 40% en el número de vehículos que circulaban con exceso de velocidad.
Lo preocupantes es que, habiendo finalizado el Estado de Alarma que comenzó en marzo y, por tanto, el confinamiento, siguieron aumentando las infracciones por circular a una velocidad superior a la permitida. ¿Nos hemos relajado con los límites después al ver menos coches circulando? Teniendo en cuenta los datos publicados por la DGT tras llevar a cabo varias campañas de control de velocidad en los últimos meses, la respuesta es sí. Lo peor es que este comportamiento puede ir a más ahora que se plantea un nuevo confinamiento para todo el país.
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La Dirección General de Tráfico muestra especial preocupación por la relajación demostrada a la hora de conducir por carreteras convencionales, donde el límite de velocidad es de 90 kilómetros/hora. En una de las campañas de vigilancia y control de velocidad realizada por la DGT este verano, el 6% de los vehículos que fueron controlados por radares camuflados en este tipo de carreteras circulaban a una velocidad superior a la permitida; en el 61% de estos casos, la velocidad media a la que circulaban era de 111 kilómetros/hora, es decir, 21 kilómetros/hora más de lo permitido. Además del riesgo que supone esto en materia de seguridad vial, una infracción de estas características implica una sanción grave con multa de 100 euros.
Pero es todavía más preocupante el incremento de los excesos de velocidad en travesías y vías urbanas. La DGT ha puesto la voz de alarma y recuerda el peligro que supone superar los límites en estas vías, donde el riesgo de atropello a peatones y otros usuarios de la calzada, como los ciclistas, es superior, como también lo son los castigos. Y es que, circular a más de 51 kilómetros/hora en una zona con límite de velocidad de 30 kilómetros/hora conlleva una multa de 300 euros y una pérdida de dos puntos de carnet, mientras que, si la velocidad es superior a 60 kilómetros/hora, la multa asciende a 400 euros y se pierden cuatro puntos.
También hay que tener en cuenta que existen muchas carreteras convencionales que atraviesan poblaciones y están consideradas travesías. En este caso, el límite de velocidad es de 50 kilómetros/hora, pero algunos conductores no lo tienen en cuenta y siguen circulando de acuerdo al límite de la carretera convencional: 90 kilómetros/hora. Este comportamiento conlleva una multa de 500 euros y una pérdida de seis puntos del carnet y se convierte en delito muy grave cuando se superan los 91 kilómetros/hora. Si el conductor circulase a una velocidad superior en 60 kilómetros/hora al límite en una vía urbana, puede enfrentarse a penas de prisión y la retirada del carnet.