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LA NORMA

Límites de velocidad: ¿En qué raras excepciones puedes superarlos al volante?

Es probable que hayas escuchado, o que recuerdes de la autoescuela, que en algunos casos podemos rebasar el límite de velocidad.

Es probable que hayas escuchado, o que recuerdes de la autoescuela, que en algunos casos podemos rebasar el límite de velocidad. Sin embargo, las normas de circulación varían con los años, por lo que vamos a repasar cuándo puedes realmente superar el límite de velocidad.

El Reglamento General de Circulación, en su artículo 51, es claro en este sentido: "Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales que no discurran por suelo urbano sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquellas".

Es decir, solo podrán rebasar el límite en 20 kilómetros por hora, turismos y motocicletas que quieran adelantar a otro vehículo que circula a una velocidad inferior al límite de la vía, en carreteras que no discurran por suelo urbano.

Pero a esto hay que sumarle un factor más. Si en un momento dado la vía cuenta con una señal R-301 específica de velocidad, que no sea el recordatorio de la velocidad máxima de la misma, no podremos superar este límite marcado específico. Es decir, si circulamos por una carretera de 90 kilómetros hora, y nos encontramos con una señal R-301 de 70 kilómetros hora, no podremos sobrepasar este límite bajo ningún concepto.

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