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La multa de 200 euros que te juegas por no llevar adecuadamente a tu mejor amigo

Los animales se han convertido por ley en un miembro más de la familia, y que reciban un trato correcto es fundamental incluso en el coche.

El animal doméstico ya ha pasado a considerarse jurídicamente como un miembro más de la familia y, aunque muchos ya lo trataban de tal manera, no hacerlo puede ser de lo más perjudicial. Y así también lo quiere recordar la DGT, quien recuerda la dura El animal doméstico ya ha pasado a considerarse jurídicamente como un miembro más de la familia y, aunque muchos ya lo trataban de tal manera, no hacerlo puede ser de lo más perjudicial. Y así también lo quiere recordar la DGT, quien recuerda la dura multa de 200 euros que podemos recibir si no llevamos correctamente en el coche a nuestro animal.

Ya no es por el dinero que implica la sanción, sino por el propio riesgo que puede experimentar el propio animal e incluso otros pasajeros del vehículo. Porque debemos tener en cuenta que si un perro o un gato va en el coche sin la sujeción apropiada y experimentamos una deceleración muy fuerte, se puede producir lo que se conoce como efecto elefante.

De darse este efecto, estamos hablando de un desplazamiento de objetos, personas y animales que no estén sujetos adecuadamente. Su cuerpo adquiere una alta velocidad en muy pocos segundos, y el choque contra otros pasajeros puede provocar graves heridas tanto en el animal como en las personas.

Para evitar tanto la multa como este accidente, si viajamos con gatos o perros de pequeño tamaño, lo ideal es llevarlos en su transportín. La ubicación adecuada es en el suelo, justo entre los asientos delanteros y los posteriores, aunque también existen arneses específicos que nos permitirán abrocharlo al anclaje del cinturón o al propio asiento.

En caso de tratarse de un animal de mayor tamaño, lo más recomendable es que este viaje en el maletero. Lógicamente, estos han de viajar sujetos, y si se puede con una rejilla de separación entre los asientos y la carga del propio maletero para minimizar cualquier daño para el animal y los demás ocupantes.

Y es que la ley es muy tajante al respecto, algo que podemos apreciar en el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que en su primer apartado reza de la siguiente manera:

“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”

De no cumplir con ello estaremos llevando a cabo una infracción de carácter grave y, aunque no implique pérdida de puntos, nos estaremos enfrentando a una multa de 200 euros.

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