¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES?
Es obligación de cualquier conductor llevar la ITV al día en su coche, ya que de lo contrario no es posible asegurar que cumple con todas las normas necesarias para circular con seguridad en vía pública. Existen por tanto diferentes sanciones si no se cumple la ley, pero no todas son igual de justas
Desde su implantación obligatoria hace ya más de 30 años, lo cierto es que las ITV cumplen con una de las labores más importantes: la de velar por la seguridad vial en tanto en cuanto vigilan que todos los vehículos que circulan por nuestras calles lo hagan con arreglo a la ley, cumpliendo una serie de normas tanto a nivel técnico como a nivel legal. En la actualidad circulan millones de vehículos a diario por nuestras carreteras, de ahí que sea necesario contar con un control que permita asegurar, en la medida de lo posible, que éstos no supongan un peligro para el resto.
Son muchos los factores que se valoran en cada inspección técnica, ya que no superar la ITV supone, de facto, contar con un vehículo que, por la razón que sea, no resulta apto para su circulación legal por vía pública. También por ello existe en la normativa actual una serie de posibles infracciones que se cometen cuando un usuario conduce su vehículo sin que éste cuente con la inspección correspondiente. Seguro que conoces algún caso de un conductor que ha sido multado o advertido por las autoridades por circular con un vehículo con la inspección sin superar.
Eso sí, no siempre estamos ante una sanción que puede considerarse justa, tal y como parece que sucede con las multas impuestas a vehículos que están estacionados -sin circular- y no cuentan con una inspección en vigor. El punto problemático de estas sanciones (que se siguen imponiendo a día de hoy con un coste para el usuario de 200€) reside en el artículo 10 del Reglamento General de Circulación, que especifica que "Los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos".
En la práctica parece que no está demasiado claro el hecho de que un vehículo tenga que estar en estacionado para que cuente con una inspección técnica en vigor, lo que ha llevado a muchos conductores a intentar recurrir la mencionada multa cuando se les ha impuesto.
Hace ya un tiempo un conductor recurrió una sanción similar que se le había impuesto, consiguiendo un resultado favorable a sus intereses tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid, anulando por tanto dicha multa. Ahora conocemos que se ha vuelto a dar un caso similar en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, que basándose en la jurisprudencia de la sentencia anterior ha anulado una multa de 200€ a un conductor cuyo vehículo estaba estacionado pero sin ITV.