ASÍ FUNCIONA EL PRONTO PAGO
Si el conductor decide abonar la sanción dentro del período voluntario podrá acogerse a la opción del pronto pago
Cuando llega una multa a nuestro buzón (y asumimos las consecuencias de la infracción cometida), lo primero que tenemos que hacer es comprobar quién es el organismo sancionador porque para alegar, reclamar o pagar tenemos que dirigirnos a él. Si se trata de la Dirección General de Tráficoson varias las formas de abonar la cantidad: con una de ellas sólo tendrás que pagar la mitad del importe. VER VÍDEO.
Independientemente del remitente, tienes que tener en cuenta que una sanción no se puede aplazar o fraccionar: hay que pagar su totalidad. Si es de la DGT, tienes la posibilidad de abonarla en el período voluntario: los primeros 20 días naturales desde la fecha de notificación, que es cuando un agente de la Guardia Civil te la entrega en mano o cuando recibes el aviso en tu domicilio.
Cómo abonar una multa con pronto pago
Si procedes dentro de este paréntesis de tiempo, en la mayoría de los casos el importe se reducirá en un 50%. Para poder beneficiarte de esta rebaja podrás elegir la forma que mejor te venga para pagar la multa:
Adiós a las alegaciones
La DGT recuerda, al mismo tiempo, que si un conductor paga la multa dentro del período voluntario bonificándose de esa rebaja del 50%, renuncia a presentar cualquier tipo de alegación. Si, por el contrario, interpone un recurso pierde el derecho al pronto pago y si la reclamación es desestimada, tendrá que pagar el 100% de la sanción.
Período ordinario
Si el conductor no paga la multa dentro de esos 20 días naturales, comenzará el período ordinario que durará hasta 45 días después de recibir la notificación. En esta fase deberá abonar el importe completo de la sanción y si no lo hace, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria se hará cargo del proceso y del cobro… con un 20% de recargo.