ES UNA INFRACCIÓN
El Reglamento General de Circulación no establece una medida concreta, pero las ordenanzas municipales regulan el estacionamiento en suelo urbano y recogen esta infracción
Aparcar en la ciudad puede convertirse en una misión prácticamente imposible y cuando un conductor encuentra un hueco, intenta aprovecharlo por muy pequeño que sea. Si eres uno de ellos deberías dejar a un lado esta práctica. Y no sólo lo decimos por los daños que puedes causar en tu propia carrocería al intentar salir o entrar, sino porque te pueden multar por aparcar demasiado cerca de otro vehículo.
El Reglamento General de Circulación y concretamente su Artículo 91 establecen cómo tenemos que aparcar: “La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía”. Aunque la norma es bastante generalista, hay algunas puntualizaciones que la complementan.
A la hora de aparcar en batería debemos dejar espacio suficiente para que quepa el coche y para que tanto el conductor como los ocupantes puedan salir y entrar sin dificultad: si maniobramos de esta manera estaremos dejando espacio suficiente para los vehículos que nos rodean. Si estacionamos en línea tenemos que respetar una distancia mínima por delante y por detrás: no hay una medida exacta, pero debe permitir al resto tener capacidad de maniobra.
Las ordenanzas municipales
Una de las claves es que el Reglamento General de Circulación no establece una medida obligatoria que los conductores tienen que respetar. Es entonces cuando entran en juego las ordenanzas municipales de cada ciudad, que son las encargadas de regular el estacionamiento en suelo urbano. Por lo tanto, la Policía Municipal podrá multar si un conductor aparca tan cerca que impide que el resto pueda maniobrar.
Dentro de estas normas locales nos encontramos con dos ejemplos: el de Barcelona y el de Madrid, aunque hay muchos más. En la Ciudad Condal se establece que en los estacionamientos con señalización en el pavimento, los vehículos deben ubicarse dentro del perímetro marcado y, además, prohíbe aparcar siempre que se entorpezca la salida de otros coches estacionados reglamentariamente.
En la capital, por su parte, la legislación determina que cuando el espacio destinado a estacionamiento esté delimitado en el pavimento, deberá estacionarse dentro del área marcada. Algo que se hará permitiendo la ejecución de las maniobras de entrada y salida y la mejor utilización del espacio restante para otros usuarios.
De 80 a 200 euros
El problema es determinar qué coche ha sido el primero en aparcar mal. Sea como sea, si el conductor no puede acceder al vehículo o no puede llevar a cabo los movimientos necesarios para salir del lugar en el que está estacionado porque no se ha respetado la distancia mínima, las autoridades municipales pueden multar al infractor con una sanción económica que oscila entre los 80 y los 200 euros.