NUEVA CAMPAÑA DE IRPF
La nueva campaña de la Declaración de la Renta 2023 ya es una realidad, y millones de españoles nos vemos obligados a presentarla. Sin embargo, ¿es posible ahorrarse algunos euros relativos a nuestros coches?
Un año más arranca la campaña de la Declaración de la Renta, que en este 2024 se adelanta ocho días en comparación con el año anterior. Y es que desde el 3 de abril hasta el 1 de julio millones de contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones fiscales para con la AgenciaTributaria. Pese a que en esta nueva campaña no hay grandes cambios en términos fiscales, cada año nos surge la misma duda… ¿qué gastos puedo deducirme en relación a mi vehículo?
La adquisición de un vehículo, ya sea nuevo o de segunda mano, no suele requerir su declaración en la Renta, dado que los impuestos correspondientes se abonan en el momento de la compra. Sin embargo, algunos contribuyentes pueden encontrar beneficios al incluirlo en su declaración, especialmente si pueden deducirse ciertos gastos asociados, como es el caso de las personas con una minusvalía igual o superior al 33% y los autónomos que utilizan el vehículo exclusivamente para su actividad profesional.
Existen actividades laborales que permiten la deducción total del IVA de la compra de un vehículo nuevo, así como de los gastos asociados como combustible y mantenimiento. Estas actividades incluyen el transporte industrial, servicios de transporte de viajeros, enseñanza de conductores, entre otros. Es importante destacar que los gastos deducibles también incluyen el mantenimiento, combustible, seguro, ITV, parking, peajes y gestoría, siempre y cuando estén relacionados con el uso profesional del vehículo.
En el caso de coches de empresa, la deducción asociada puede variar según su precio y eficiencia energética, permitiendo deducciones del 15%, 20% o 30%, dependiendo de factores como las emisiones de CO2 y el tipo de vehículo.
Para aquellos con minusvalías, la adquisición de un coche nuevo destinado al transporte de personas con discapacidad, permite desgravarse hasta el 50% del IVA de la factura de compra. Por otro lado, los autónomos pueden desgravarse la totalidad del IVA asociado a los gastos del coche si lo utilizan de forma exclusiva para su trabajo, mientras que aquellos que lo utilizan para trabajar pero también para uso privado, pueden desgravarse únicamente el 50% de los gastos.