Todo lo que necesitas saber sobre Madrid Central, la nueva APR que se lo pondrá difícil a los coches
La nueva APR de Madrid, llamada Madrid Central, entrará en vigor en un mes. ¿Qué necesitas saber para enfrentarte a este área con tantas restricciones?
Que las grandes ciudades se están cerrando, al menos en sus núcleos centrales, al tráfico, es una realidad que, aunque algunos se empeñen en negar, a día de hoy es más que evidente. El mejor ejemplo de ello de nuestro país lo encontramos en la capital, en Madrid, donde en apenas un mes echará a andar el nuevo Área de Prioridad Residencial (APR) Madrid Central. Te contamos todo lo que necesitas saber.
Madrid Central entrará en funcionamiento el próximo 23 de noviembre, aunque en una primera etapa su funcionamiento se limitará a una fase de pruebas. Se desconoce la extensión en el tiempo de la fase de pruebas.
La APR Madrid Central comprende un área de 472 hectáreas, agrupando las cuatro actuales APR (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) y añadiendo nuevas zonas delimitadas por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Bilbao, Plaza de Alonso Martínez, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Toledo, Ronda de Segovia, Calle Bailén, Plaza de España y Calle Princesa.
La gran APR tiene como principal propósito impedir la entrada a vehículos de no residentes con el fin de limitar las emisiones de gases contaminantes, los ruidos y los atascos. Por supuesto, un residente podrá seguir circulando con su vehículo por su barrio, estacionando libremente.
Cada residente tendrá a su disposición 16 invitaciones mensuales con las que podrá permitir el acceso a zonas restringidas durante un máximo de 2 horas en zona SER o de un día en zonas de estacionamiento ilimitado. Estas invitaciones se podrán tramitar a través de la web de la APR, de una APP o a través de Twitter.
Sí, hay varias excepciones. Para empezar, los vehículos con etiqueta CERO y ECO podrán seguir accediendo sin límite a las áreas restringidas gracias a su condición de "vehículo no contaminante". Por su parte, los vehículos B y C de no residentes podrán acceder siempre y cuando vayan a aparcar en un aparcamiento público. Obviamente, también se permite el acceso a taxis, transporte público colectivo o vehículos de emergencia.
Además, aquellos usuarios que, por ejemplo, lleven a sus hijos a un centro escolar situado dentro de Madrid Central sin ser residentes, podrán acceder con sus vehículos para dejar y recoger a los niños, avisando siempre a los centros escolares de la matrícula del vehículo que accederá. Si se tiene una plaza de aparcamiento en la zona también se podrá acceder aunque no estemos empadronados.