El Gobierno anunció hace poco una nueva orden ministerial con la que abre la puerta al corte de carreteras para contener la expansión del coronavirus.VER VIDEO.
Sin embargo, los siguientes 12 tipos de vehículo o servicios estarían eximidos:
- En primer lugar, encontramos el grupo de vehículos que se encargan de mantener las carreteras en funcionamiento y preservar la seguridad. Esto engloba a los vehículos de asistencia o auxilioy a los de mantenimiento de la calzada. También incluye ambulancias, camiones de bomberos y coches de policía.
- En segundo lugar, tenemos el transporte de mercancías de primera necesidad, tanto alimentos y ganado como combustibles y medicamentos.
- Además, hay otras actividades dirigidas por empresas estatales que siguen llevándose a cabo, seguiremos viendo camiones de basura y furgonetas de Correos.
- Otra excepción son los coches fúnebres o los camiones que transporten mercancías para industrias que sigan a pleno rendimiento.
- En cualquier caso si tu vehículo es una herramienta necesaria para realizar cualquier actividad justificada también podrás circular con la debida autorización.