EVITA UNA MULTA
La guía completa para conocer las diferentes restricciones a la movilidad que tiene cada vehículo en función de sus distintivo medioambiental por Madrid.
Desde el pasado mes de septiembre de 2023, el Ayuntamiento de Madrid inició el proceso de instalación del sistema de cámaras de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE). El objetivo de dicha instalación no es otro que controlar la restricción de acceso de los vehículos con clasificación ambiental tipo A que no estén empadronados en la capital española desde antes del 1 de enero de 2022.
Durante cuatro meses el número de accesos de este tipo de turismos se ha reducido significativamente, aunque se trató de periodo de aviso en el que no había multa alguna. Con el inicio del nuevo año y el fin del periodo de prueba, las más de 2.000 potenciales sanciones del 15 al 30 de septiembre, o las 1.800 del mes de diciembre, se hubiesen llevado a cabo.
Un total de 280 medidas de actuación conforman el plan establecido por Madrid para reducir la contaminación atmosférica de la ciudad. Entre algunas de estas destacan las ayudas económicas que incentiven tanto a ciudadanos como a profesionales del taxi en la renovación de su vehículo o la transformación de toda la capital en una gran Zona de Bajas Emisiones (ZBE).
El principal factor que marca la diferencia para que un coche sea sancionado o no es el empadronamiento. Por lo tanto, todo depende de que si tu vehículo está empadronado en Madrid antes del 1 de enero de 2022, debiendo abonar el Impuesto de Tracción Mecánica en la ciudad. En dicho caso, estas son las restricciones que le afectan:
Aquellos vehículos empadronados en el Distrito Centro podrán circular por esta zona aunque no cuenten con etiqueta. Asimismo, el coche debe haberse adquirido antes del 24 de octubre de 2018 y debe estar empadronado en la ciudad de Madrid antes del 1 de enero de 2022.
En el caso de Plaza Elíptica, el conductor debe estar empadronado en los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó o Zofío y el coche en Madrid. Las restricciones no afectarán a aquellos vehículos de empresa o a autónomos que ejerzan su actividad en una oficina situada en una de estas zonas.
Por dónde pueden circular los coches que no están empadronados en Madrid:
La sanción económica por incumplir esta normativa asciende a 200 euros, 100 euros en caso de pronto pago (dentro de los primeros 20 días), después de que se modificase la legislación el pasado 21 de marzo de 2022. Anteriormente, al tratarse de una infracción leve las multas eran de 90 euros.