¿CUÁL ES MI GRADO DE RESPONSABILIDAD?
Al vender un vehículo a otra persona, el vendedor tiene la obligación de tomar una serie de precauciones en forma de procedimientos legales para garantizar que el cambio de titular se ha llevado a cabo correctamente
El mercado de coches de segunda mano en España constituye un sector de considerable relevancia en el ámbito automotriz. Con un flujo constante (y cada vez mayor) de transacciones, la compra y venta de vehículos usados desempeña un papel significativo en el sector de la automoción, contribuyendo en gran medida al volumen total de operaciones de compra y venta de vehículos. Este mercado ofrece a los consumidores una amplia variedad de opciones, desde modelos más antiguos con precios reducidos hasta vehículos seminuevos con tecnología más reciente.
La popularidad de la compra de coches de segunda mano se atribuye, básicamente, al menor coste respecto a los vehículos nuevos y a la posibilidad de acceder a una gama y oferta mucho más amplia respecto al mercado de coches nuevos, en el que en muchas ocasiones tenemos que contar con un tiempo de espera muy elevado. Son miles y miles los coches que cada año cambian de titular, pasando a ser titular de otra persona. Cuando esto ocurre, como es lógico, es el comprador el que pasa a ser el responsable.
Sin embargo, para que las administraciones tengan constancia de ello (principalmente la Dirección General de Tráfico y el ayuntamiento en el que está empadronado el nuevo titular), se deben llevar a cabo una serie de pasos, más conocidos como cambio de nombre. Este proceso suele encomendarse a las gestorías, pero en ocasiones los compradores se encargan de hacerlo por su cuenta con tal de ahorrarse unos cuantos euros. Cuando esto ocurre, a veces, el vendedor se lleva una desagradable sorpresa pasados unos meses.
Si has vendido un vehículo hace un tiempo y, por arte de magia, te encuentras con una notificación en forma de multa, debes saber cómo actuar para preservar tus derechos. Lo primero que debes tener claro es que si la has recibido es porque el el vehículo sigue estando a tu nombre. Por eso, en cuanto recibas la notificación debes acudir a la Dirección General de Tráfico o contactar con el ayuntamiento en caso de que sea una multa de índole local.
Deberás acudir pero no con las manos vacías, sino con tu DNI y con toda la documentación relativa a la compraventa del vehículo: contrato, fotocopia de DNI del comprador, fotocopia de la documentación del vehículo en caso de contar con ello...deberás avisar de que el vehículo ya no es de tu propiedad desde que lo vendiste, y avisar al comprador de que tiene la obligación de cambiar de nombre el vehículo.
Si el tiempo pasa y el nuevo propietario no realiza el cambio de nombre, tienes un último recurso: acudir a la jefatura de Tráfico y realizar una notificación de venta, un trámite que permite liberarte de cualquier responsabilidad desde el mismo momento en el que se lleva a cabo. Es un trámite rápido que además, tiene un coste muy reducido de sólo 8,67 euros.