Comunicado oficial

El Cádiz pide la suspensión temporal de LaLiga por el error arbitral en su partido contra el Elche

El equipo gaditano acude al TAD y solicita también que se repitan los últimos minutos de su encuentro ante el Elche.

El Cádiz quiere que se haga "justicia" con respecto a su partido contra el Elche, en el que el VAR concedió un gol del conjunto rival en claro fuera de juego. Incluso ha solicitado que se detenga LaLiga de manera temporal hasta que se tome una decisión definitiva.

El conjunto gaditano ha informado en un comunicado que ha solicitado al TAD tanto la suspensión de la competición como la repetición parcial de ese partido por la "negligente acción del equipo arbitral".

Fue en el minuto 81 cuando el VAR concedió un tanto del Elche en el que el jugador visitante estaba en clara posición de fuera de juego. El Cádiz pidió primero al Comité de Competición que ese gol se anulara y se repitieran los últimos minutos, y ahora ha solicitado la suspensión temporal de Laliga hasta que el TAD se pronuncie.

Comunicado completo

En el curso de las actuaciones que el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. inició a raíz de los hechos acaecidos el pasado 16 de enero de 2023, en el partido disputado por el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. frente al ELCHE CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. correspondiente a la 17ª jornada del Campeonato Nacional de Liga de Primera División (“LaLiga Santander”) en el que, como consecuencia de una desafortunada y negligente actuación del colectivo arbitral, en concreto de los árbitros de la Sala VOR, el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. se vio gravemente perjudicado, esta entidad desea manifestar:

1) Que en el día de hoy, 1 de marzo de 2023, los servicios jurídicos del CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D., han presentado ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), Recurso frente a la Resolución dictada por el Comité de Apelación de la RFEF en fecha 9 de febrero de 2022, por la que los órganos disciplinarios de la RFEF se declaran incompetentes para conocer de la solicitud deimpugnación del Partido planteada por el CLUB DE FÚTBOL, S.A.D.

2) Que, conforme a dicho Recurso, el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. además de fundamentar la competencia de los órganos de la RFEF, reitera su pretensión de repetición parcial del citado Partido, con retroacción al momento anterior a producirse la negligente actuación del equipo arbitral, que dimanó en un error material manifiesto y grave, del que se derivan perjuicios potencialmente irreparables para el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D.

3) Que, dicha pretensión es consistente con otras decisiones adoptadas en el pasado por UEFA y FIFA, entre otros, en los casos de los partidos oficiales que enfrentaron a las Selecciones Nacionales de Uzbekistán - Bahrein y Noruega – Inglaterra, en los que FIFA y UEFA, respectivamente, acordaron la repetición parcial de sendos encuentros, ello a los efectos de evitar los daños y perjuicios que las decisiones arbitrales erróneamente adoptadas causarían a las selecciones implicadas. Asimismo, en el ámbito Español, existen precedentes adoptados en otras modalidades deportivas e, incluso por la propia RFEF, que consideraron procedente y conforme a Derecho la repetición parcial de un partido, a fin de evitar los perjuicios derivados de errores arbitrales, como sucede en nuestro caso.

4) Que, a mayor abundamiento de lo anterior, en el marco de dicho Recurso ante el TAD, el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. ha solicitado la adopción de medidas cautelares consistentes en la suspensión temporal de la competición de Primera División (“LaLiga Santander”), hasta la efectiva resolución del Expediente por parte de los órganos competentes, en nuestra firme convicción, fundada en Derecho, de que únicamente con la adopción de dicha medida cautelar podrá evitarse que se incrementen los daños y perjuicios ocasionados al CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. o, en su caso, evitar que dichos daños se tornen en absolutamente irreparables

5) Que, en línea con lo anterior, el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. considera, y así lo ha expuesto ante el TAD, que la adopción de la medida cautelar propuesta resulta absolutamente necesaria para salvaguardar la integridad de la competición y garantizar la equidad e igualdad de los Clubes participantes en la misma, evitando una adulteración indeseada de dicha competición, fruto de un error técnico arbitral, manifiesto, grave y negligente, que en este momento es aún reparable y reversible.

6) Que, por todo ello, el CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. entiende que el TAD deberá dictar próximamente una resolución favorable a los intereses de la Entidad, en nuestra firme convicción de que nos asiste la razón y el Derecho y, además, en el entendimiento del CÁDIZ CLUB DE FÚTBOL, S.A.D. de que cualquier decisión contraria a la expuesta conllevaría una grave afectación a la integridad y el propio desarrollo de la competición deportiva en cuestión.

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