LaSexta accede al auto
El juez concluye que Negreira era un funcionario y el Barça le sobornó
El magistrado Joaquín Aguirre apunta en un auto que "por deducción lógica" los pagos realizados por el Barça "satisfacían los intereses del club" y expone que "Negreira tenía conocimiento de los actos ilícitos".
Salto cualitativo en la investigación del 'caso Negreira'. El magistrado Joaquín Aguirre ha concluido que José María Enríquez Negreira, exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), era un funcionario y el FC Barcelona le sobornó para tener trato de favor en la competición. Así se desprende del auto expuesto por el juez, al que ha accedido laSexta, a razón de los pagos que realizó el club a Negreira o a su hijo "en atención al cargo que desempeñaba el primero pues los pagos se prolongaron aproximadamente durante unos 18 años, fueron incrementándose desde los 70.000 € iniciales hasta los 700.000€ anuales".
Unos pagos que cesó el Barcelona "tan pronto" como Negreira "cesó como vicepresidente del CTA". Para Aguirre, "por deducción lógica los pagos realizados por el FC Barcelona satisfacían los intereses del club en atención a su duración y al incremento anual". De aquí también se deduce, según indica el magistrado, que los pagos "produjeron los efectos arbitrales deseados por el FC Barcelona, de tal manera que debió existir una desigualdad en el trato con otros equipos y la consiguiente corrupción sistémica en el conjunto del arbitraje español".
Unos extremos que el juez reconoce que son obtenidos por "inferencia lógica", pero que "las investigaciones de la Guardia Civil podrán confirmar". En el escrito, Aguirre señala también que "tras ser cesado como Vicepresidente del CTA, el FC Barcelona decidió prescindir de los servicios" de Negreira. Y que ante ello, este "envió una carta intimidatoria al expresidente del Barcelona" Josep María Bartomeu "indicándole, en esencia, que si no le seguían pagando revelaría una serie de hechos que podrían perjudicar gravemente al club". Así, se dicta en el auto, se deprende que Negreira "tenía consciencia de que se habían producido actos ilícitos en favor del FC Barcelona de bastante gravedad".
"Este conocimiento directo por Negreira implicaba bien su participación en la comisión de dichos actos en favor del FC Barcelona, bien en un conocimiento muy próximo de las personas que los habrían cometido", continúa en su exposición Aguirre, quien insiste en recalcar que Negreira "era consciente, en mayor o menor medida, de la ilicitud de sus actos e, incluso, de otros actos desconocidos hasta ahora". El juez entiende así que "el delito de cohecho se ha consumado al haberse realizado el pago, se demuestre o no la corrupción sistémica del arbitraje español a causa de tales pagos".
Así las cosas, tal y como reza el texto, se acuerda "atribuir a todas las personas hasta el momento investigadas, incluido el FC Barcelona, el delito de cohecho". Y se precisa: "En el caso de E.N. (Negreira) se le atribuye un delito continuado de cohecho pasivo en concepto de autor y en el de Javier E.R. (su hijo) otro delito continuado de cohecho pasivo en concepto de cooperador necesario. Respecto a la persona jurídica del FC Barcelona y a los directivos del citado club investigados se les atribuye un delito continuado de cohecho activo. Todo ello sin perjuicio de mantener la calificación alternativa del delito de corrupción deportiva del artículo 286bis 4º CP, al menos durante esta fase de instrucción".
La Guardia Civil registra el despacho de Medina Cantalejo en el marco del 'caso Negreira'
En este sentido, también han sido imputados Josep Maria Bartomeu, Sandro Rosell, José María Enríquez Negreira y a su hijo por recibir dinero por cumplir con su función publica. "Se considerará funcionario público a todo aquel que por disposición inmediata de la Ley, por elección, o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas", reza la jurisprudencia del Tribunal Supremo, detallando que "es un concepto aplicable a efectos penales, como se desprende del mismo precepto, que es diferente del característico del ámbito administrativo, dentro del cual los funcionarios son personas incorporadas a la Administración Pública por una relación de servicios profesionales y retribuidos regulada por el Derecho administrativo".
No está imputado Joan Laporta, actual presidente del Barcelona, porque los delitos de su primera época como presidente ya han prescrito, por lo que solo se investigan los pagos de 2014 a 2019. Las penas de los delitos por las que están ahora mismo imputados el Barça, Enríquez Negreira, Bartomeu y Rosell, entre otros, son las siguientes (sin agravantes): corrupción entre particulares, de seis meses a cuatro años; administración desleal, de seis meses a tres años; falsedad documental, de tres a seis años; cohecho, de tres a seis años. En total, hasta 19 años de cárcel.
El auto del magistrado Aguirre se da a conocer el mismo día en que un amplio dispositivo de agentes de la Guardia Civil, acordado de oficio por el propio juez y sin que se lo haya pedido la Fiscalía Anticorrupción ni ninguna de las partes, se ha personado en la sede de la Real Federación Española de Fútbol en busca de información sobre el caso que implica al exnúmero 2 de los árbitros. Los agentes del Instituto Armado, que han pillado por sorpresa a los trabajadores de la RFEF, han entrado al recinto con varias cajas de cara a incautar documentación. Uno de los despachos registrados ha sido el de Medina Cantalejo, actual presidente del Comité Técnico Arbitral (CTA). Tal y como ha podido saber 'laSexta', no hay previstas detenciones, pero sí requerimientos de documentación.