Novedades de la reforma
Claves de la reforma del subsidio de paro: en qué consiste, qué cambia y a quién beneficia
La reforma del subsidio por desempleo pactada por el Ministerio de Trabajo y los sindicatos contempla, entre otras cosas, un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda y amplía el colectivo de beneficiarios.
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del subsidio por desempleo firmada entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos (CCOO y UGT) el pasado 8 de mayo. Una reforma con la que España da cumplimiento a uno de los hitos asociados al cuarto pago de los fondos europeos.
La reforma de la prestación asistencial de desempleo ha vuelto a la mesa del Consejo tras decaer el pasado mes de enero en el Congreso, con el voto en contra de PP, Vox y Podemos, siendo uno de los hitos que tenía pendientes de cara al nuevo desembolso de 10.000 millones de los fondos europeos.
Estas son las claves de la reforma del Ministerio de Trabajo, pactada solo con los sindicatos, que entrará en vigor en noviembre de 2024.
¿En qué consiste la reforma?
Los principales ejes de la reforma mantienen los elementos fundamentales del primer decreto-ley que decayó en el Congreso, aunque también incluye otras medidas que no estaban previstas y que ahora forman parte del acuerdo alcanzado entre Gobierno y sindicatos.
- Aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda: de los 480 euros actuales (el 80% del IPREM) pasan a una escala regresiva con el paso del tiempo. De esta forma, se percibirán 570 euros (95% del IPREM) los primeros seis meses de subsidio, 540 euros (90% del IPREM) el segundo semestre y el resto del periodo, hasta un máximo de 30 meses, se situará en el 80% como en la actualidad.
- Permite cobrar el subsidio mientras se trabaja: se podrá compatibilizar con un empleo tras un año cobrando prestación siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes con el Iprem actual). En el caso del subsidio, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía. Una medida que, en principio, operaría a partir de 2025.
- Eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.
- Eliminación de los subsidios parciales: todos los beneficiarios cobrarán la ayuda completa, sea cual fuere su jornada cuando trabajaban.
Nuevos beneficiarios
El subsidio se abre a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, a los trabajadores eventuales agrarios, a las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla, y a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de responsabilidades familiares.
Como novedad se extiende el subsidio a las víctimas de violencia de género o sexual y a los emigrantes retornados y se equipara las cuantías de los subsidios causados por personas con contrato a tiempo parcial con los de tiempo completo, lo que beneficia principalmente a las mujeres.
Además, se mantiene la cotización por jubilación de los perceptores mayores de 52 años en el 125% de la base mínima vigente en cada momento, un sobrecotización que se intentó recortar en la primera reforma frustrada del Gobierno y que fue la causa del rechazo de Podemos.
Por otro lado, permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.
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