Prácticas abusivas
Consumo multa con 150 millones a cuatro aerolíneas low cost por prácticas como cobrar el equipaje de mano
El departamento de Pablo Bustinduy sanciona a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por prácticas como cobrar el equipaje de mano o imponer un suplemento para reservar asientos contiguos al viajar con niños o personas dependientes. Las aerolíneas rechazan la decisión.
El Ministerio de Consumo ha impuesto a las aerolíneas Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea una multa de 150 millones de euros por llevar a cabo prácticas como cobrar a los pasajeros el equipaje de mano, según ha adelantado este viernes la 'Cadena SER'.
Fuentes del departamento dirigido por Pablo Bustinduy, aunque evitan concretar las empresas afectadas y las cuantías económicas de las sanciones, sí confirman que en verano de 2023 se abrieron expedientes a cuatro aerolíneas de bajo coste ante las denuncias recibidas por organizaciones de consumidores con el fin de investigar cuatro prácticas que pueden ser consideradas abusivas.
Estas prácticas, según las fuentes consultadas por laSexta, son las siguientes:
- Cobrar un suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes.
- Falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio.
- Cobrar un suplemento por el equipaje de mano de los pasajeros.
- No permitir el pago en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.
Según la 'Cadena SER', la sanción incluye además un reproche a la práctica de Ryanair de cobrar 20 euros a los pasajeros a los que imprime el billete en papel por considerar que se trata de "un coste desproporcionado" que supone una "práctica abusiva, al no corresponderse con costes reales asumidos por la empresa".
Las aerolíneas preparan recursos y pueden mantener por ahora su política
Las fuentes anteriormente citadas señalan que la Dirección General de Consumo instruyó la investigación y envió las propuestas de sanción y las razones a las compañías afectadas, que tuvieron derecho entonces a realizar alegaciones ante la Secretaría General de Consumo y Juego.
La Secretaría General estudió las alegaciones y las propuestas de la Dirección General de Consumo y dictó una resolución que fue comunicada semanas atrás a las aerolíneas. Las compañías tienen derecho a presentar un recurso de alzada ante el ministro de Consumo y, una vez agotada la vía administrativa, pueden acudir a los tribunales, según las mismas fuentes.
Esto implica que la vía administrativa no ha terminado y, en todo caso, las aerolíneas pueden acudir a la vía judicial, por lo que de momento podrán mantener su política de tarifas actual, hasta que la sanción sea firme, una vez que se resuelva el recurso de alzada y la vía judicial. De hecho, las compañías preparan ya recursos de alzada y no descartan llegar a los tribunales, según la agencia Efe.
Por otra parte, y aunque desde el Ministerio en ningún momento han querido confirmar cuáles son las empresas sancionadas ni las cuantía de las multas, fuentes de Consumo sí inciden en que "tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la ley, garantizar el respeto a los derechos de las personas consumidoras y el deber de ofrecer las máximas garantías a las compañías afectadas".
Rechazo frontal de las aerolíneas
Tras trascender la noticia, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina el 85% del tráfico aéreo en España, manifestaba en un comunicado que rechaza "frontalmente" la decisión del departamento de Bustinduy, alegando que perjudicará a los consumidores, "al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten".
"De este modo, los cerca de 50 millones de pasajeros que hoy en día no llevan maleta de cabina a bordo y solo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento, no podrían beneficiarse de pagar sólo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar servicios que no utilizan", esgrime la nota.
Un argumento que ha reiterado su presidente, Javier Gándara, en una rueda de prensa este viernes en la que ha tachado de "desproporcionadas" las sanciones, según la agencia Efe. La organización entiende que la decisión de Consumo va en contra de la normativa europea y que cobrar un suplemento por la maleta de cabina es legal. Además, sostiene que Bruselas ya avaló esta práctica en 2013.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó en 2014 una sentencia que consideraba que el equipaje de mano es "un elemento indispensable del transporte de los pasajeros" y por lo tanto "no puede ser objeto de un suplemento de precio", siempre que responda a unas exigencias razonables de peso y dimensiones y cumpla los requisitos de seguridad.
Reacción de sindicatos y asociaciones de consumidores
Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha celebrado una sanción que considera "histórica": "La organización celebra que el Ministerio haya llegado a las mismas conclusiones que las denunciadas por la organización y espera que estas sanciones sirvan como ejemplo para otras autoridades europeas y otras compañías que lleven a cabo las mismas prácticas abusivas", afirma.
A su vez, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, considera "pequeña" la multa de 150 millones impuesta a las cuatro aerolíneas y ha manifestado que que los tribunales deberían tomar nota de cuando se incumple la ley "a sabiendas". A su juicio, debería elevarse el nivel de condena porque "si incumplen la ley, estaríamos hablando de un delito penal más allá del económico".
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