NO VULNERA LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

El Constitucional avala el uso de la 'lista Falciani' para condenar a los evasores fiscales

El pleno del TC ha fallado por unanimidad que la 'lista Falciani' no vulnera el derecho a la presunción de inocencia de quienes aparecen en ella. Una resolución que los técnicos de Hacienda consideran que llega tarde.

Casi una década ha tardado la Justicia en avalar sin fisuras la 'lista Falciani'. El pleno del Constitucional ha fallado por unanimidad que la lista no vulnera el derecho a la presunción de inocencia de los 659 evasores que aparecían en la lista.

Es el argumento que utilizó Sixto Delgado, condenado a seis años de cárcel por tener más de cinco millones en Suiza. Delgado, en busca y captura, ha sido uno de los pocos condenados por la lista.

Para los técnicos de Hacienda, la decisión del Constitucional demuestra que la Agencia Tributaria debió actuar contra los evasores cuando recibió la información y no pedir que regularizasen su situación de forma voluntaria.

"Llega un poco tarde para aquellas grandes fortunas españolas que estando en la lista quedaron en su momento exoneradas de delito fiscal", explica Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda.

El banquero Emilio Botín fue el personaje español más célebre de la lista. Pagó 200 millones para regularizar su situación.

Por difundir su lista de evasores, la Justicia suiza condenó a Falciani por revelación del secreto bancario, pero España ha rechazado en varias ocasiones su extradición.

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