DE FORMA PRELIMINAR

La Junta Única de Resolución decide no compensar a los afectados del Banco Popular

La Junta Única de Resolución de la eurozona decide no compensar a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular porque el informe dice que "bajo procedimientos normales de insolvencia las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron en resolución".

Unas mujeres pasan ante una oficina del Banco Popular. | EFE/Archivo

La Junta Única de Resolución (JUR) de la eurozona decidió de forma preliminar que no se requiere conceder compensación a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular puesto que el último informe sobre la operación revela que éstos hubiesen perdido más en un proceso de insolvencia al uso.

"El informe de valoración 3 llega a la conclusión de que bajo procedimientos normales de insolvencia las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron en resolución", dijo hoy en un comunicado la JUR, que publicó tanto la decisión preliminar como la versión no confidencial del informe.

EFE | Madrid
| 06/08/2018

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