DOS DÍAS DESPUÉS DE IMPLANTARSE
La Justicia europea ratifica la obligación de registrar la jornada laboral en España
El Tribunal de Justicia
de la Unión Europea apunta que deben incorporar un sistema "objetivo, fiable y
accesible".
El Tribunal de Justicia
de la Unión Europea ha dictaminado este martes que los países del bloque
comunitario tienen que obligar a las empresas a implantar un sistema
"objetivo, fiable y accesible" que permita computar la jornada laboral diaria de sus trabajadores.
Este fallo de la
Justicia europea llega dos días después de que entrara en vigor en España el
Real-Decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo en virtud del
cual todas las empresas, sin excepción, están obligadas a registrar diariamente
la jornada de sus trabajadores.
El TUE responde de esta
manera a las preguntas formuladas por la Audiencia Nacional para poder resolver
una demanda de conflicto colectivo formulada por UGT, CCOO y otros sindicatos
en la que se reclamaba a Deutsche Bank el establecimiento de un sistema de registro de la jornada ordinaria efectiva de la plantilla.
Los jueces europeos han
apuntado que sin un sistema que permita computar la jornada laboral diaria de
cada trabajador "no es posible determinar de manera objetiva y fiable el
número de horas de trabajo efectivas ni su distribución en el tiempo" ni
el número de horas extraordinarias, algo que "dificulta en extremo" e
incluso imposibilita en la práctica que los trabajadores "logren hacer
respetar sus derechos".
Por ello, la sentencia
del TUE remarca que determinar de manera "objetiva y fiable" el
número de horas de trabajo diario y semanal "es esencial" para
comprobar si se han respetado la duración máxima del tiempo de trabajo -incluidas
las horas extraordinarias- y los periodos mínimos de descanso diario y semanal.