Campaña de Renta 2025

Más de 40 deducciones fiscales en la C. Valenciana para la declaración de la Renta de 2026

De cara a la presentación de la declaración de la renta de 2025, que arrancó el miércoles 8 de abril de 2026, existen casi medio centenar de deducciones fiscales para los contribuyentes de la Comunidad Valenciana.

Ciudad de las Artes y las Ciencias en ValenciaEmilio Sánchez Hernández/Pexels

A la hora de confeccionar la declaración de la renta, surgen multitud de dudas: cómo obtener el borrador de la renta, quién está obligado (y quién no) a presentarla... pero uno de los errores más frecuentes, que se entrelaza con una de las principales dudas, es a qué deducciones fiscales nos podemos acoger. Existen una serie de conceptos que se pueden deducir a nivel estatal, pero cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones.

En algunas se pueden incluir los gastos por la compra de gafas o lentes de contacto, por ejemplo; en otras, se incluyen los gastos veterinarios de las mascotas de la familia. En algunas, también se puede desgravar la compra de un coche eléctrico y en otras, incluso las de las bicicletas eléctricas. Por eso es importante revisar las deducciones de cada región, para consultar si nos podemos acoger a ellas.

Los contribuyentes de la Comunidad Valenciana son de los que más deducciones fiscales tienen en esta campaña; entre ellas están las destinadas a las personas afectadas por la DANA de 2024, pero también muchas otras. Relacionadas con educación, por ejemplo, los residentes en esta comunidad pueden deducirse un 15% de los gastos de guarderías y escuelas infantiles y hasta 110 euros por la compra de material escolar, mientras que también existe otra del 30% de los gastos en práctica deportiva, como cuotas de gimnasios, federaciones o clubes deportivos, con un máximo de 150 euros anuales. Estas son todas las deducciones fiscales de la Comunidad Valenciana para el año fiscal 2025:

  • Por nacimiento, adopción, delegación de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar
  • Por nacimiento o adopción múltiples
  • Por nacimiento, adopción, acogimiento o delegación de guarda de personas con discapacidad
  • Por familia numerosa o monoparental
  • Por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos e hijas o personas adoptadas o acogidas o con delegación de guarda con fines de adopción, menores de tres años
  • Por conciliación del trabajo con la vida familiar
  • Por contribuyentes con discapacidad, en grado igual o superior al 33 por 100, de edad igual o superior a 65 años
  • Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad
  • Por contratar de manera indefinida a personas afiliadas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social para el cuidado de personas
  • Por obtención de rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana (deducción del arrendador)
  • Por primera adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años
  • Por adquisición de vivienda habitual por personas con discapacidad
  • Por cantidades destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, procedentes de ayudas públicas
  • Por arrendamiento o pago por la cesión en uso de la vivienda habitual
  • Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio
  • Por cantidades invertidas en instalaciones de autoconsumo o de generación de energía eléctrica o térmica a través de fuentes renovables
  • Por donaciones con finalidad ecológica
  • Por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
  • Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
  • Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
  • Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana
  • Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural, científico o deportivo no profesional
  • Justificación documental de determinadas deducciones autonómicas por donativos o cesiones de uso o comodato
  • Requisito conjunto para determinadas deducciones autonómicas por donativos o cesiones de uso o comodato
  • Por contribuyentes con dos o más descendientes
  • Por el incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual
  • Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar
  • Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual, efectuadas en el período
  • Por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015
  • Por cantidades destinadas a abonos culturales
  • Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020, de 8 de junio
  • Por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación
  • Por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento
  • Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados
  • Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud
  • Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables
  • Por cantidades satisfechas en gastos vinculados con el fomento y formación musicales
  • Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19
  • Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19
  • Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la Covid-19
  • Dirigidas a las personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de octubre de 2024

*Sigue a laSexta en Google: la actualidad y el mejor contenido aquí.