Sentencia pionera

Multa a Vodafone a indemnizar con 6.000 euros a un particular por "alterar su descanso" con constantes llamadas

Se trata de una sentencia pionera que habla de acoso y sirve de aviso a todas las compañías que atosigan con llamadas continuas.

Harto de recibir constantemente llamadas comerciales, Miguel Ángel se animó a denunciar a Vodafone. Las llamadas insistentes perjudicaban sus horas de sueño, pues la compañía lo hacía en sus horas de descanso y eso llegó a provocarle cefaleas.

Primero, requirió a Vodafone extrajudicialmente su derecho de cancelación de los datos, pero las llamadas no cesaron. Ahora, con su denuncia, ha conseguido que la justicia le dé la razón en una sentencia pionera. Un juzgado de Zaragoza ha sentencia que la actividad comercial era avasalladora y acosadora, y que vulneraba por tanto el derecho del denunciante a la intimidad.

Por ello, obliga a Vodafone a indemnizarle por daños y perjuicios con 6.000 euros. No obstante, la compañía telefónica puede recurrir y el abogado de Miguel Ángel está a la espera de saber qué decide.

Como él mismo ha explicado a laSexta, en su denuncia llegaron a aportar incluso un parte médico "para acreditar ese daño no solo moral sino psíquico y psicológico".

Esta cadena ha contactado también con la denunciada Vodafone. Lamentan la situación ocasionada al cliente y señalan que no se ha acreditado que las llamadas fueran de su compañía, sino de terceras empresas a las que tienen cedidas líneas. Todavía no saben si recurrirán.

¿A qué horas sí nos pueden llamar?

Lo cierto es que la ley impide a los comerciales llamar a cualquier hora. De entrada, está prohíbo que lo hagan antes de las 9:00 horas y también después de las nueve de la noche.

Pero hay otra restricción, impuesta por un código de conducta de las teleoperadoras, que algunas comercializadoras no cumplen: no pueden llamar a la hora de la siesta, entre las 15:00 y las 16 horas. La OCU apunta cada vez son más las quejas de los consumidores

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