Empresas y pandemia
RepScan y Net Craman se unen para ayudar a los empresarios ante la lluvia de cierres de empresas que se avecina
Esta colaboración permitirá a los empresarios llevar a cabo su cierre anticipándose a cualquier problema legal o reputacional que pueda surgir durante el mismo.
Se avecinan tiempos difíciles para las empresas. El próximo 30 de junio se acaba el plazo para que las empresas devuelvan los créditos ICO solicitados durante los dos años de pandemia y los expertos señalan que la subida de precios y la ralentización de la recuperación puede comprometer esa devolución, obligando a muchas empresas a comenzar un proceso concursal para su cierre. En concreto, según datos de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), que aglutina a 1,5 millones de empresas y 4 millones de trabajadores, podrían ser 600.000 las empresas que se cierren próximamente en España.
El cierre de una empresa implica, para los afectados, un proceso legal lento y laborioso. A esas dificultades legales hay que sumar, además, que el cierre de un negocio puede conllevar un daño reputacional para los empresarios ya que sus nombres en Internet, al realizar una búsqueda, quedarán asociados a empresas fallidas, lo que transmitirá una imagen de fracaso que les puede complicar una posterior reinserción laboral.
Para afrontar este problema, RepScan, empresa líder en la mejora de reputación online para particulares y empresas mediante la eliminación de contenidos negativos, y Net Craman Abogados, firma especializada en Derecho Concursal, han alcanzado un acuerdo de colaboración para ofrecer una solución integral a los empresarios inmersos en procedimientos concursales de liquidación de negocios y sociedades.
Esta colaboración permitirá a los empresarios llevar a cabo su cierre anticipándose a cualquier problema legal o reputacional que pueda surgir durante el mismo.
"El objetivo ha sido vincular el asesoramiento legal y la tecnología para dar una solución integral al empresario en problemas", explica Josep Coll, CEO de RepScan que añade: "así, a la hora de cerrar sus negocios, los empresarios podrán completar el proceso y no tener problemas reputacionales después para volver a emprender o abrir un nuevo negocio. Creemos firmemente en la segunda oportunidad del emprendedor, creemos firmemente en la reinserción social de un empresario al que no le han ido muy bien las cosas, en gran parte por culpa de la pandemia, y esa reinserción es imposible sin la digital".
"Desde Net Craman Abogados siempre hemos apostado por iniciativas que aporten soluciones reales a los empresarios. Soluciones a medida y adaptadas a contextos en los que se requiera una rápida respuesta como es el actual, e incorporando, en la medida de lo posible, la variable tecnológica. Fruto de esta apuesta surge nuestra colaboración con Repscan. Queremos responder a una realidad incuestionable derivada de la pandemia a la vez que incorporamos la tecnología como factor inherente al asesoramiento legal tal y como lo entendemos desde Net Craman" comenta José Miguel Blasco, Socio de Net Craman Abogados.
Existen dos opciones y varios aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de plantear el cierre de una empresa:
1. La disolución y liquidación de la empresa
- La deben acordar los socios
- La empresa entra en la fase de liquidación. La empresa ya no puede llevar a cabo actos propios de su negocio y debe centrarse en pagar sus deudas y cobrar sus créditos.
- Será necesario extinguir los contratos con trabajadores, con proveedores, suministradores y Bancos.
- Es importante destacar la protección necesaria para el administrador. El retraso en la toma de decisiones puede implicar la futura declaración de responsabilidad del administrador.
2. El concurso de acreedores
- El concurso de acreedores es aquel procedimiento judicial al que acude una empresa para reordenar sus deudas, pudiendo presentar un convenio a los acreedores o acabando en la liquidación. La mayoría de los concursos acaban en liquidación. Todo el proceso se hace con la supervisión del juez y de un administrador concursal.
- La empresa deberá presentar concurso en caso de insolvencia, es decir, cuando la empresa no puede cumplir regularmente sus obligaciones de pago.
- En el caso de que una empresa tenga un problema de solvencia momentáneo no será necesario el concurso.
- El concurso debe solicitarse en el plazo de dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia. Debido a una modificación de normativa sobre el tema, este plazo está en suspenso hasta el 30 de junio de 2022.