Campaña de la Renta
Todas las deducciones autonómicas para la declaración de la renta 2025-2026 por practicar deporte
En algunas comunidades autónomas, se pueden desgravar en la declaración de la renta los gastos derivados del gimnasio o la práctica de deporte. Estas son las deducciones que se pueden incluir en la renta en 2026.
Este miércoles 8 de abril arranca la campaña de la declaración de la renta para el año fiscal 2025 que, como cada año, viene con algunas novedades. Recientemente, en algunas comunidades autónomas se incluyeron deducciones para desgravarse los gastos derivados de la práctica de deporte o ejercicio físico.
Este año, son cinco las comunidades autónomas que incluyen deducciones autonómicas relacionadas con el deporte: en Andalucía, por ejemplo, se pueden desgravar el 15% de los gastos de cuotas de gimnasios, centros, clubes o federaciones deportivas, así como de secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades para el desarrollo de actividades de ejercicio físico, con un máximo de 100 euros anuales por contribuyente.
No es la única. En Murcia también se pueden deducir este tipo de gastos, concretamente el 30% de los gastos de gimnasios y centros deportivos, cuotas por pertenecer a federaciones deportivas, servicios de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos y también por la práctica de deportes como pilates y yoga, hasta un máximo de 150 euros. En el caso de los contribuyentes de más de 65 años, la deducción es del 100%.
Lo mismo ocurre en La Rioja, donde se pueden desgravar el 30% de los gastos en gimnasios e instalaciones deportivas, en entidades inscritas en el Registro del Deporte de la comunidad, las licencias federativas emitidas por federaciones riojanas y también las clases de deporte o educación física con un máximo de 300 euros; para los mayores de 65 años y personas con discapacidad, el porcentaje desgravable es del 100%.
Sin embargo, en La Rioja existe otra deducción posible relacionada con el deporte: se puede incluir en la declaración de la renta un 15% del importe de la compra de bicicletas de pedaleo no asistido, es decir, no entran dentro de este campo las bicicletas eléctricas, siempre y cuando no se supere el límite de dos vehículos por unidad familiar y con un máximo de 50 euros por vehículo.
En la Comunidad Valenciana también existe una deducción similar a las anteriores: de un 30% de los gastos asociados a la práctica de deporte y actividades saludables, con un máximo de 150 euros por contribuyente. Los mayores de 65 o con discapacidad de un 33% en adelante, pueden ampliar esta deducción al 50%, mientras que al 100% llegan los mayores de 75 años y las personas con una discapacidad igual o superior al 65%.
Galicia también cuenta con una deducción para la práctica de deporte, pero únicamente a los contribuyentes que hayan recibido ayudas o subvenciones como deportistas de alto nivel: el importe será el resultado de aplicar los tipos medios de gravamen al importe de la subvención o ayuda en la base liquidable, siempre que se cumplan estos requisitos:
- Que se trate de una subvención o cualquier otra ayuda pública obtenida de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o de las restantes entidades del sector público autonómico para el desarrollo de la actividad deportiva.
- Que la actividad deportiva por la que se obtiene la subvención o ayuda pública no genere rendimientos de actividades económicas.
- El contribuyente ha de tener reconocida la condición de deportista de alto nivel según resolución del órgano superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma con competencias en materia de deporte.
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