Multa millonaria

Trabajo multa con 79 millones de euros a Glovo por no regularizar a 10.000 trabajadores

La Inspección de Trabajo ha constatado que existe relación laboral con 10.614 trabajadores en Barcelona y Valencia a los que mantenía como falsos autónomos, incumpliendo la normativa aprobada hace un año.

Inspección de trabajo concluye que miles de riders autónomos en Valencia y Barcelona son en realidad, asalariados. En total, son 10.614 personas a las que, tras entrevistas con ambas partes y revisión de la documentación, une una relación laboral y, por tanto, deberían estar contratadas por la compañía en lugar de dados de alta como autónomos.

En Barcelona se ha constatado que al menos 8.331 trabajadores están en esa situación, en la que la empresa no es una mera intermediaria sino que presta servicios de reparto y mensajería, con los trabajadores en situación de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral. Así, multa a la compañía con 39 millones de euros por no darles de alta en la Seguridad Social y otros 24 millones por la falta de cotización de estos trabajadores.

En Valencia, la Inspección de Trabajo ha encontrado a 2.283 personas en esa situación, multando con 10,7 millones a la compañía más 5 millones adicionales por las cotizaciones perdidas de esos trabajadores. La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha asegurado que lo sucedido es "gravísimo" y ha acusado a Glovo de obstruir la labor de la Inspección.

"Las empresas tienen que cumplir la ley", ha dicho a la entrada a la sesión de control en el Congreso. "El peso de la ley va a caer sobre esta empresa como ya ha caído con la inspección", ha aseverado.

Glovo asegura que la multa no tiene que ver con la Ley Rider

Desde Glovo han negado que dicha multa de casi 80 millones esté relacionada con la Ley Rider pues, según han argumentado a laSexta, la inspección "analiza un periodo de tiempo anterior a la entrada en vigor" de dicha norma: "El periodo inspeccionado se refiere al año 2018 y hasta el 11 de agosto de 2021, con la entrada en vigor de la ley Ryder (es decir que no está relacionado con la Ley Rider)".

En este sentido, han querido destacar también que "el importe notificado incluye no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social, sino también una propuesta de sanción por cada repartidor". Asimismo, la compañía ha asegurado en su comunicado trasladado a esta cadena que durante el periodo de inspección pidieron "ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones, así como distinta documentación", algo que, según han señalado, "fue rechazado por la inspección de trabajo y pospuesto a cuando el acta ha sido presentada".

Para Glovo, se trata de "una resolución unilateral, que implica una propuesta de la inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones", y ha precisado: "Después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y o de infracción". La empresa concluye su comunicado indicando que recurrirán esta resolución.

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