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Despidos más baratos y jornadas de 12 horas: Argentina aprueba la reforma laboral de Milei

Los detalles El Senado argentino ha aprobado el proyecto de reforma laboral por 42 votos a favor, por 28 en contra y dos abstenciones, modificando así la normativa vigente desde 1976.

El presidente de Argentina, Javier Milei, en una fotografía de archivoAgencia EFE

El Congreso de Argentina ha aprobado este viernes la polémica reforma laboral propuesta por el Gobierno de Javier Milei que implica drásticos cambios en las condiciones de trabajo y acaba con décadas de conquistas de los trabajadores.

El Senado argentino aprobó el proyecto de reforma laboral por 42 votos a favor, por 28 en contra y dos abstenciones. La ley, que modifica una normativa de 1976, reduce la base de cálculo de las indemnizaciones en detrimento de los trabajadores, plantea alternativas al pago de las horas extra, limita el derecho a huelga y la actividad sindical, entre otras reformas sustanciales a las condiciones de trabajo.

El debate contó con apenas una veintena de oradores e inició con la intervención del senador Juan Cruz Godoy, quien intentó despejar las dudas en torno a la reforma al asegurar que "continúan los derechos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo". Entre los puntos que destacó como positivos, mencionó que continúan existiendo las indemnizaciones, que se facilita el registro de los empleados de manera formal y que el sistema "se agiliza" y se vuelve "más económico".

Desde el peronismo fue cuestionada la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que permitirá a los empleadores realizar aportes mensuales destinados a cubrir eventuales despidos, al asegurar que se trata de un "incentivo a los despidos", según dijo Jorge Capitanich, y una "estatización de la deuda privada" de los empleadores con los trabajadores, según expresó Mariano Recalde, ambos del bloque Justicialista.

El mismo viernes, cientos de personas, dirigentes políticos de la oposición y sindicalistas se manifestaron a las puertas del Congreso argentino para protestar contra la ley. Una vez retirados los sindicatos, cuando comenzaron intentos de disturbios, la jornada finalizó con un saldo de 122 manifestantes heridos y cuatro detenidos, según aseguró el organismo de derechos humanos Comisión por la Memoria.

Menos indemnizaciones

El nuevo régimen laboral argentino modifica la base de cálculo de las indemnizaciones en detrimento de los trabajadores y limita el derecho a la huelga, entre otros cambios radicales de las condiciones de trabajo en un país con una larga historia de lucha obrera.

La nueva ley modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido y excluye del cómputo el aguinaldo, las vacaciones, los premios y otros conceptos que no sean de pago mensual habitual, lo que reduce el monto final respecto del sistema vigente. Las empresas podrían abonar las condenas judiciales en cuotas: hasta seis pagos las grandes empresas y doce las pymes. Se creará, además, el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que permitirá a los empleadores realizar aportes mensuales destinados a cubrir eventuales despidos.

También permite que los salarios puedan ser abonados en moneda extranjera de manera opcional. El antiguo régimen contemplaba mantener la antigüedad de un trabajador que se reincorpore a un puesto de trabajo, pero la nueva normativa no computa los años trabajados en el pasado si han transcurrido dos años entre el cese de la actividad y la reanudación del vínculo.

Las vacaciones se podrán fraccionar a partir de ahora en períodos no inferiores a siete días y podrían ser rotativas. El trabajador tendrá al menos un período en temporada estival, en coincidencia con las vacaciones escolares, cada tres años. Mientras la ley anterior establece el pago de las horas extra, la nueva normativa crea un "banco de horas" que permite que el tiempo extra trabajado se pueda acumular como un saldo a favor del trabajador y ser compensado con días libres o jornadas de trabajo reducidas.

La norma amplía el listado de sectores considerados esenciales: no se podrá prestar menos del 75 % del servicio en caso de huelga. A los ya previstos —salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo— se suman telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios, aduaneros y migratorios, y educación, con excepción de las universidades. Y las fuerzas de seguridad deberán garantizar el 100 % de su prestación.

Se modifica también la Ley de Asociaciones Sindicales, al establecer que las asambleas de trabajadores y congresos de delegados no podrán afectar el normal funcionamiento de la empresa y deberán contar con autorización del empleador. La norma tipifica como infracciones "muy graves" los bloqueos o tomas de establecimientos y las acciones que afecten la libertad de trabajo de quienes no se adhieran a una medida de fuerza. Y habilita la posibilidad de otorgar personería gremial a sindicatos de empresa cuando superen en afiliados al sindicato preexistente durante al menos seis meses.

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