HABÍA ROBADO CUATRO EUROS EN COMIDA

El Supremo italiano absuelve a un mendigo porque "robar por hambre no puede ser delito"

El Tribunal Supremo de Italia ha absuelto a un mendigo que había sido condenado a una pena de seis meses de prisión y 100 euros de multa por un hurto de poco más de cuatro euros en productos cárnicos y queso, informaron los medios locales. "Se apropió de esa pequeña cantidad de alimento para afrontar la inmediata e imprescindible exigencia de alimentarse, actuando por lo tanto en estado de necesidad", señalan los magistrados.

El Supremo italiano ha anulado la pena de seis meses de prisión y 100 euros de multa por un hurto de poco más de cuatro euros que el Tribunal de Apelación de Génova (noroeste) había dictado contra Roman Ostriakov, un sintecho denunciado por tratar de apropiarse de un paquete de salchichas y de queso en un mercado genovés por valor de 4,07 euros.

Para el Tribunal el "hecho no constituye delito" porque "no es punible quien, impulsado por la necesidad, roba en un supermercado pequeñas cantidades de alimentos para afrontar la imprescindible exigencia de alimentarse", señalaron las mismas fuentes.

"La condición del imputado y las circunstancias en las que se produjo el hurto de la mercancía demuestran que él se apropió de esa pequeña cantidad de alimento para afrontar la inmediata e imprescindible exigencia de alimentarse, actuando por lo tanto en estado de necesidad", señalan los magistrados.

El encargado de interponer el recurso ante la Corte ha sido el fiscal General del Tribunal de Apelación genovés que, de hecho, no solicitó la absolución sino solo una reducción de la pena ya que el acusado no llegó a realizar el delito, sino que solo lo intentó.

Ostriakiv fue detenido antes de abandonar el supermercado por el guardia de seguridad, que al parecer fue advertido por un cliente que había visto al acusado meter en sus bolsillos los alimentos. El presidente de la asociación de consumidores Codacons, Carlo Rienzi, celebró la sentencia y alertó de que "en los últimos años de la crisis económica ha aumentado considerablemente el número de ciudadanos" que se ven obligados a robar para llegar a fin de mes.

"El Supremo ha establecido un principio sacrosanto: un pequeño robo por hambre no es en modo alguno equiparable a un gesto de delincuencia porque la exigencia de alimentarse justifica el hecho", consideró en un comunicado. Tras alertar del aumento de la pobreza en los últimos años de la crisis, opinó que "en estos casos el delito no es cometido por el ladrón sino por el Estado que abandona a los más débiles a su destino, llevándoles a cumplir gestos como el robo de alimentos".

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