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Por el TS

Alvise, condenado a pagar 10.000 euros al jefe de la Policía de Canarias por intromisión ilegítima a su intimidad y a su imagen

El contexto El eurodiputado compartió una publicación en Telegram que fue vista por decenas de miles de personas y tuvo más de 670 comentarios, muchos de ellos "insultantes y vejatorios", señala el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha declarado firme la condena impuesta al eurodiputado Luis Pérez Fernández, Alvise, a pagar 10.000 euros de indemnización al jefe superior de la Policía de Canarias por intromisión ilegítima en sus derechos a la intimidad personal y la propia imagen con la publicación de un mensaje en Telegram.

La sentencia se refiere a la difusión en la cuenta de Alvise en Telegram el 1 de marzo de 2023 de un mensaje que contenía la foto del agente junto al extracto de su currículum extraído de la página oficial de la Policía y otra imagen del jefe policial con su pareja sentimental posando frente a un espejo.

La imagen iba acompañada de este texto: "Aquí tenéis al Jefe Superior de Policía de Canarias recientemente nombrado por el PSOE junto a otra foto de alguien que ¿parece su gemelo? Fue ascendido tras el escándalo de las maletas de Delcy y Ábalos (durante el cual era el responsable del puesto fronterizo del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas aquella noche). Adivinad en qué Tribunal está su hermana. No es personal, políticos y mercenarios. Tan sólo estoy mandando un mensaje: Vamos a por vosotros. Mañana, más".

La publicación fue vista por decenas de miles de personas y tuvo más de 670 comentarios, muchos de ellos "insultantes y vejatorios", señala el Supremo.

Así, un juzgado de primera instancia de Las Palmas de Gran Canaria consideró que el eurodiputado había cometido una intromisión ilegítima en los derechos a la intimidad personal y la propia imagen del jefe policial y lo declaró, además, responsable de los daños a su honor ocasionados por los comentarios de terceros a su publicación.

Por todo ello, condenó a Alvise a retirar la publicación, publicar la sentencia e indemnizar al perjudicado con 10.000 euros, en una resolución que fue íntegramente confirmada por la Audiencia Provincial. Ahora, el Supremo convierte en firme esa sentencia al inadmitir el recurso de casación interpuesto por el condenado al que, además, impone el pago de las costas del proceso.

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