UNA SANCIÓN DE 3.000 EUROS IMPUESTA POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE MADRID

Anulan la sanción a las Marchas de la Dignidad por los incidentes en la sede del PP en 2014

Un Juzgado ha anulado la sanción de 3.000 euros impuesta por la Delegación del Gobierno de Madrid a la persona que convocó una manifestación en nombre de las Marchas de la Dignidad el 22 de marzo de 2014. La resolución recuerda que el convocante fue sancionado por los incidentes que tuvieron lugar en la calle de Génova, donde se encuentra la sede del PP, el día de la manifestación. La Delegación del Gobierno estimó que no se observó la actuación de ningún tipo de servicio de orden por parte de los organizadores del acto, pero sin embargo, la magistrada ha concluído que que de todas las declaraciones prestadas en el procedimiento se ha acreditado que los responsables de seguridad de la manifestación debían cubrir el perímetro de la plaza de Colón pero no la calle de Génova.

Un Juzgado ha anulado la sanción de 3.000 euros que la Delegación del Gobierno en Madrid impuso en 2014 a la persona que convocó una manifestación en la capital el 22 de marzo de ese año en nombre de las Marchas de la Dignidad al apreciar que los incidentes ante la sede del PP los cometió un grupo aislado.

En una sentencia, la jueza de lo Contencioso-Administrativo número 21 de Madrid, Cristina Pacheco, estima el recurso del convocante contra dicha sanción que le fue impuesta en aplicación de la derogada ley orgánica sobre protección de la seguridad ciudadana.

La resolución recuerda que el convocante fue sancionado por los incidentes que tuvieron lugar en la calle de Génova, donde se encuentra la sede del PP, el día de la manifestación que discurrió desde la plaza de Carlos V hasta la de Colón de Madrid.

La Delegación del Gobierno estimó que en ningún momento se observó la actuación ni la presencia de ningún tipo de servicio de orden por parte de los organizadores del acto.

Sin embargo, la magistrada concluye que de todas las declaraciones prestadas en el procedimiento se ha acreditado que los responsables de seguridad de la manifestación debían cubrir el perímetro de la plaza de Colón pero no la calle de Génova.

Añade que "los incidentes se originaron por un grupo aislado de personas en la calle de Génova, en la zona de la sede del Partido Popular, como también se recoge en el informe de la Policía, lugar que dista de la plaza de Colón unos doscientos metros".

La jueza concluye que aunque el informe policial que dio origen al expediente esté revestido de veracidad "no ha quedado suficientemente acreditado que el actor incumpliera su deber de mantener el buen orden de la manifestación ni destruida la presunción de inocencia que le ampara".

Explica que en el informe policial se hace constar que hasta 20.15 de la tarde la manifestación se desarrolló con normalidad, siguiendo el itinerario fijado.

Añade que sin embargo en ese momento grupos aislados de personas pertenecientes al denominado 'Bloque Negro' comenzaron a presionar sobre el vallado que estaba situado en la calle de Génova y a lanzar piedras, botellas y otros objetos contundentes a los policías.

Agrega que un grupo de participantes pertenecientes a dicho bloque, en unión de otras personas, se dirigieron a la calle de Génova, donde un dispositivo policial protegía la sede del PP, y allí lanzaron objetos sin que en ningún momento hiciera acto de presencia ningún miembro del dispositivo de seguridad de la manifestación.

laSexta/ Noticias/ España