Condenadas 21 personas
La Audiencia Nacional condena a nueve años de cárcel al hijastro de la alcaldesa de Marbella por tráfico de drogas y blanqueo
Los detalles La Sala le condena a nuevo años de cárcel por un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud y por blanqueo de capitales de ganancias procedentes del tráfico de drogas.
Resumen IA supervisado
La Audiencia Nacional ha sentenciado a 21 de las 24 personas juzgadas por tráfico de drogas, pertenencia a una organización criminal y blanqueo de capitales, con penas de entre dos y dieciséis años de cárcel. Joakim Broberg, hijastro de la alcaldesa de Marbella, recibió una condena de 9 años por delitos contra la salud pública y blanqueo de capitales, además de una multa de 4.9 millones de euros. La investigación, iniciada en 2018, desmanteló una red criminal sueca que operaba en España, especialmente en la Costa del Sol, involucrada en el tráfico de hachís y marihuana y el blanqueo de sus beneficios.
* Resumen supervisado por periodistas.
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre dos y dieciséis años de cárcel a 21 de las 24 personas que fueron juzgadas por tráfico de drogas, pertenencia a una organización criminal formada principalmente por ciudadanos suecos y por blanqueo de capitales. En el caso del acusado Joakim Broberg, hijastro de la alcaldesa de Marbella, la Sala le condena a 9 años de cárcel.
En una sentencia, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala Penal absuelven a tres de las personas que fueron juzgadas en este procedimiento y aplica la atenuante de confesión por el reconocimiento de los hechos en el caso de once de los procesados, que se conformaron con las penas solicitadas por la Fiscalía Antidroga.
En el caso de tres de los condenados, el Tribunal acuerda la sustitución de la pena impuesta por la expulsión del territorio nacional con la prohibición de regresar a España en un plazo de 10 años y, en el caso de un cuarto acusado, se acuerda la suspensión de la pena de dos años impuesta con la condición de que no delinca en el periodo de 4 años.
En este procedimiento se ha enjuiciado a los miembros de diferentes organizaciones criminales, relacionadas entre sí, por diversos alijos de droga (marihuana y hachís), así como por el blanqueo de capitales procedente del narcotráfico.
En concreto, se ha considera probada la incautación de 244.331 gramos de cannabis en una nave de San Pedro de Alcántara (Málaga) con un valor superior a los 415.000 euros; una aprehensión de 25 fardos de hachís frente a la costa granadina con 550 kilos de esta sustancia con un valor de 919.050 euros; la intervención de 27.900 gramos de resina prensada de hachís con un valor de 46.352 euros, así como operaciones de compraventa de marihuana.
Los hechos enjuiciados, indica la sentencia, son el resultado de operaciones policiales llevadas a cabo por la Comandancia de la Guardia Civil de Málaga de manera conjunta con UDYCO Central, el Greco de la Costa del Sol y UDEF Central, entre otros, en cooperación con la Policía sueca, en torno a una organización delictiva de origen sueco dedicada a la importancia de grandes cantidades de sustancias estupefacientes desde España hasta los países nórdicos, así como al blanqueo de las ganancias obtenidas con esta actividad.
La pena más alta, 16 años de cárcel, recae en el acusado Ivan Cicak, a quien la sentencia considera el organizador/director de toda la estructura, en la que participa el resto con sus respectivos cometidos. Dirige y coordina todos los envíos, obtiene el beneficio de la compra de la droga y se encarga del pago a los restantes miembros de la organización.
En el caso del acusado Joakim Broberg, hijastro de la alcaldesa de Marbella, la Sala le condena a 9 años de cárcel. Cuatro años y seis meses por delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia, y otros cuatro años y seis meses por blanqueo de capitales de ganancias procedentes del tráfico de drogas. Por este último delito se le impone el pago de una multa de 4.9 millones de euros.
Respecto de Broberg, al igual que de otro de los acusados, Roberto Bayona, el Tribunal considera probado que estaban integrados, de forma estable y permanente, en la actividad de tráfico de estupefacientes, hachís y marihuana, pero les absuelve de integración en organización criminal al considerar que no pueden ser acusados de este delito “más allá de la participación puntual” que el primero tuviera con alguno de los integrantes de las otras organizaciones.
La integración en organización criminal
La Sala explica que para la Fiscalía concurre la agravante de organización criminal del art 369 bis del Código Penal, al entender que existe una organización en la que todos los grupos de acusados intervinientes en cada una de las operaciones de tráfico de drogas están integrados.
Frente a este criterio, el Tribunal sostiene que cada uno de los acusados intervinientes en cada operación de incautación de droga forma un conglomerado de individuos, que son ajenos a las restantes incautaciones de droga. Todo ello, precisa, sin perjuicio de que algunos tengan una relación esporádica entre ellos, lo cual "no conduce a que nos encontremos ante una macro organización bajo cuyo paraguas existan a su vez varios grupos más o menos organizados dedicados a la venta de hachís por varios países europeos".
La Sala rechaza todas las cuestiones previas planteadas por los acusados, entre otras la nulidad de conversaciones obtenidas mediante el sistema de Encrochat. Los jueces se apoyan en la doctrina del Tribunal Supremo sobre esta materia y concluyen que el intercambio de información entre autoridades francesas, suecas y españolas se produjo sin injerencias en los derechos fundamentales de los acusados, que ya estaban siendo investigados por organización criminal, tráfico de drogas y blanqueo de capitales.
La sentencia indica que el origen de la investigación policial se sitúa en septiembre de 2018 a raíz de una petición de asistencia judicial de las autoridades suecas a la Policía Judicial de Barcelona por el delito de tráfico de estupefacientes en el que estarían implicados diversos criminales suecos.
En este marco se pudieron recabar, añade el fallo, indicios suficientes que evidenciaron la actividad en distintos lugares de nuestro país, especialmente en la Costa del Sol de un grupo criminal de origen sueco en el que participaron otros nacionales y ciudadanos marroquíes. Ese grupo estaba compuesto por diversas células y cuya acción delictiva incluía, entre otras actividades, el transporte de hachís desde Marruecos hasta Suecia a través de distintos medios y el blanqueo de las ganancias obtenidas con esta actividad.